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POLÍTICA ECONÓMICA

El Gobierno central limita la venta a pérdidas si desacredita la imagen de un producto

También si se utiliza como fórmula para desprestigiar a la competencia || Pretende impedir que sea una estrategia encaminada a eliminar a un competidor del mercado o inducir a error a los consumidores

Tractorada el año pasado para protestar contra la venta a pérdidas.

Tractorada el año pasado para protestar contra la venta a pérdidas.SEGRE

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El Gobierno central limita la venta a pérdida en el comercio minorista para dar cumplimiento a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea e incorporar “certeza y protección” al conjunto de prácticas comerciales. Según el real decreto publicado ayer en el BOE, las ventas a pérdidas se considerarán desleales cuando sean susceptibles de inducir a error a los consumidores acerca del nivel de precios de otros productos o servicios del mismo establecimiento; tengan por efecto desacreditar la imagen de un producto o de un establecimiento ajeno, o formen parte de una estrategia encaminada a eliminar a un competidor o grupo de competidores del mercado.

“Vender un producto por debajo de coste no es ilícito mientras no se den uno de estos tres supuestos mencionados, esto es, una venta a pérdida engañosa, denigratoria, o predatoria”, según ha explicado el ministerio de Industria, Comercio y Turismo. La titular de dicho departamento, Reyes Maroto, ha subrayado que la regulación de la venta a pérdida es una medida “muy necesaria” para dar “certeza jurídica” a los operadores.

La reforma de la normativa comercial está forzada por una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE

Por otro lado, el Gobierno de Pedro Sánchez también ha modificado los artículos 38 y 62 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista para suprimir los Registros de Franquiciadores y de Ventas a Distancia, ya que suponen una traba, sin aportar beneficios a consumidores y empresas.

“Con la eliminación de trabas administrativas innecesarias se persigue el objetivo de promocionar la actividad comercial”, señala el Ejecutivo.

La ministra ha destacado que el comercio es un sector muy importante en España y en el que el Gobierno está trabajando también con proyectos como la creación del observatorio 4.0, que se constituirá el próximo 19 de diciembre y que permitirá afrontar el reto de digitalización, una de sus principales preocupaciones. El ministro de Agricultura, Luis Planas, ha valorado el real decreto con el que la prohibición de la venta a pérdidas en la legislación española queda regulada “con mayor seguridad jurídica”.

Planas ha considerado este texto “muy positivo” porque supone reintroducir la prohibición de la venta a pérdidas “con más seguridad jurídica y conforme a las normas de la Unión Europea (UE) sobre prácticas desleales de las empresas a los consumidores”.

Una normativa lejos de las demandas de los payeses El real decreto aprobado por el Consjeo de Ministros este viernes está lejos de las demandas de los agricultores y ganaderos de Lleida, que reclamaban una normativa que prohibiera taxativamente la venta de sus productos por debajo de los costes. Quieren que la legislación les proteja de la fuerza que pueden ejercer los eslabones más fuertes de la cadena agroalimentaria, fundamentalmente la distribución, para forzarles a asumir operaciones en los que deban asumir pérdidas.

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