Las pequeñas explotaciones agrarias ya pueden quemar restos vegetales sin autorización excepcional
Sólo tendrán que comunicarlo tal como hacían antes de que se aprobara la Ley estatal de residuos y suelos contaminantes
Las pequeñas y microexplotaciones ya pueden quemar desde este lunes restos vegetales sin ninguna autorización excepcional. Con la aprobación de la Ley 30/2022, el 24 de diciembre, se modifica el artículo 27.3 de la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, del gobierno español, que sólo permitía quemar residuos vegetales con carácter excepcional y con la correspondiente autorización individual. Así, quedan exentas de esta obligación las explotaciones agrarias de menos de 50 trabajadores o que generan menos de 10 millones de euros anuales de negocio, es decir el 99% de las explotaciones agrarias de Catalunya. A partir de ahora, sólo tendrán que comunicar cuándo quieran quemar restos vegetales entre el 15 de octubre y el 15 de marzo.
La mayoría de explotaciones agrarias catalanas vuelven al procedimiento habitual de comunicación de cremas de restos vegetales (que iba del 15 de octubre al 15 de marzo) y que sólo requería una simple comunicación para poder salir adelante con la eliminación de los restos. En este sentido, pueden presentar el formulario de comunicación en formato digital a través del apartado de trámites del Departamento de Acción Climática, de manera presencial; en las oficinas comarcales de la conselleria –tal como ya se hacía antes de la entrada en vigor de la Ley 7/2022– y a partir del 11 de enero, también se podrá tramitar a través de los ayuntamientos que den este servicio.