TRIBUNALES SENTENCIA
Absuelven a la exalcaldesa de Les Valls d’Aguilar de colocar a su marido
La Fiscalía y el ayuntamiento la acusaban de amañar un concurso para que su pareja ganara una plaza en el consistorio || La jueza avala la legalidad de la convocatoria
La titular del juzgado de lo Penal número 2 de Lleida ha absuelto a la exalcaldesa de Les Valls d’Aguilar Maria Dolors Vidal del delito de prevaricación que le imputaban la Fiscalía y la acusación particular (en representación del consistorio), que la acusaban de amañar un concurso para colocar a su marido en el ayuntamiento. La exalcaldesa también ha sido absuelta del delito de descubrimiento y revelación de secretos que le imputaba, en este caso, solo la acusación particular por unas grabaciones que hizo en su despacho. Sobre la prevaricación, la jueza dice que no se ha acreditado que la exalcaldesa amañara un concurso para que su marido ganara una plaza de auxiliar administratuvo. Sobre la revelación de secretos, afirma que, aunque es verdad que hubo grabaciones, tampoco se ha acreditado que se hicieran con la intención de “revelar y descubrir los secretos de otros”. Por todo ello absuelve de los dos delitos a la exalcaldesa y a los otros tres acusados: su marido, la que era secretaria del ayuntamiento cuando ocurrieron los hechos y una funcionaria municipal.
Maria Dolors Vidal fue alcaldesa de Les Valls d’Aguilar entre 2007 y 2011. Los hechos que acaban de ser sentenciados ocurrieron en 2009 y 2010. Según la Fiscalía, Vidal, en connivencia con quien entonces era la secretaria municipal, amañó un concurso para que su marido ganara una plaza de auxiliar administrativo en el ayuntamiento (y la ganó). Estos hechos, según la Fiscalía, constituirían un delito de prevaricación, pero la jueza lo niega porque “no ha podido acreditarse de forma cierta y plena que la convocatoria de una plaza de auxiliar administrativo para el ayuntamiento de Les Valls d’Aguilar y sus posteriores actos administrativos hasta finalizar la oposición adolecieran de vicios tales capaces de decretar su nulidad y que dicha convocatoria se amañara con el exclusivo fin de que” el marido “accediera a tal plaza”. Tampoco considera probada la revelación de secreto.
La magistrada basa la absolución sobre todo en un informe de la Generalitat que avaló el concurso
Francesc Sapena, abogado de dos de los absueltos (los otros dos fueron defendidos por Jose Soler y Luis del Río), dijo tras conocer la absolución que “la justicia se dignifica cuando no se deja atrapar por lo que sólo son disputas de claro carácter político”.