SEGRE

TRIBUNALES

Cárcel por rociar los ojos con lejía a su exnuera por ladridos de unos perros

La Audiencia condena a un hombre del Urgell a dos años de prisión y a indemnizar a la víctima con 8.300 € por las lesiones || Le produjo llagas en las dos córneas

Imagen de archivo de los juzgados de Lleida.

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La Audiencia Provincial de Lleida ha condenado a dos años de cárcel y al pago de una indemnización de 8.300 euros a un vecino de una localidad del Urgell por agredir y rociar con un líquido corrosivo a su exnuera. El tribunal ratifica la sentencia en primera instancia del juzgado de lo Penal 1 de Lleida, que lo condenó por un delito de lesiones con instrumento peligroso, y desestima el recurso presentado por la defensa, que alegó que se había cometido una infracción en la presunción de inocencia del acusado y, subsidiariamente, que se trataría de un delito leve de lesiones.

La agresión, tanto para la juez como para los magistrados de la Audiencia, se considera probada y en ambas sentencias se afirma que “pese a la existencia de múltiples enfrentamientos entre ella y el acusado, que había sido su suegro y que reside justo al lado (...), alrededor de las 9.00 horas del 4 de abril de 2014, al escuchar ladrar fuertemente a los perros del acusado en el patio que antes compartían y al que ella no puede acceder, se asomó por una ventana y de manera sorpresiva el acusado le tiró a los ojos un líquido que olía a lejía y la golpeó con un palo en la frente”. La mujer, que fue atendida en el CAP de Tàrrega, sufrió una contusión frontal y llagas corneales en ambos ojos.

Las lesiones producidas en los ojos de la víctima tardaron cinco meses en curarse

Respecto a la gravedad de las lesiones, la Audiencia Provincial afirma que “la víctima precisó de 20 días impeditivos para la curación de las lesiones y otros 134 días más para que cicatrizaran las heridas”. Es decir, unas secuelas físicas que tardaron más de cinco meses en sanarse. La víctima recibió tratamiento médico con antiinflamatorios, colirios, pomadas y gotas oculares. Pero la agresión “sorpresiva en el interior de su domicilio por parte de su exsuegro, que además es su vecino”, según el tribunal, también le comportó “una agravación o desestabilización” de la depresión que padecía desde hacía meses una. La sentencia dictada por la Audiencia es firme y ya no se puede recurrir.

Ciento doce denuncias este año en Ponent por violencia familiar Los Mossos d’Esquadra han contabilizado este año (hasta el 18 de noviembre) un total de 112 denuncias en el ámbito familiar en las comarcas de Lleida. La violencia en el ámbito familiar no debe confundirse con la violencia de género, ya que si bien ambas son formas de violencia física o psíquica, la de género es entre la pareja mientras que la violencia familiar en sentido genérico se ejerce sobre otros miembros como los hijos, los padres, los hermanos o los suegros, entre otros.

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