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MEDIO?AMBIENTE DEYECCIONES GANADERAS

La Generalitat multará con hasta 60.000 € la aplicación excesiva de purines en cultivos

Inhabilitará también a ingenieros si redactan planes de gestión que no se ajusten a la realidad || Pasará de castigar solo los casos de contaminación a penalizar también las prácticas que pueden provocarla

Imagen de archivo de una cuba y una balsa de purines en las comarcas del llano de Lleida.

Imagen de archivo de una cuba y una balsa de purines en las comarcas del llano de Lleida.

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La Generalitat impondrá multas de hasta 60.000 euros a los ganaderos que apliquen un exceso de purines como ferilizantes en cultivos. Así lo prevé el régimen sancionador que se someterá en breve a la aprobación del Parlament junto a los presupuestos de 2017, dentro de la ley de medidas fiscales y financieras. Se trata de una medida pendiente de aplicación desde hace 16 años y que supone un giro en la forma en que se castigan las infracciones en la gestión de deyecciones.

Hasta ahora, se castigaban solo los casos de contaminación provocados por vertidos de purines, sea mediante sanciones administrativas o bien por sentencias judiciales en casos de delito ambiental. El nuevo régimen sancionador, en cambio, prevé multas para prácticas contrarias a la normativa que puedan contaminar las aguas subterráneas.

El régimen sancionador se ha incorporado a la ley de medidas fiscales que acompaña al presupuesto

Así, prevé multas de entre 15.001 y 60.000 euros para infracciones “muy graves” como superar en más del doble el contenido máximo de nitrógeno en el suelo en una superficie a partir de cuatro hectáreas. La misma sanción se aplicará a quienes incumplan sus compromisos de alimentar a los animales para que sus deyecciones contengan menos nitrógeno; para los que falseen datos sobre la gestión del purín y también por obstaculizar inspecciones o coaccionar, insultar o agredir a quienes las llevan a cabo.

También están previstas sanciones para los ingenieros agrónomos que elaboran los planes de gestión de purines si estos no se ajustan a la realidad de cada explotación. En este caso, la norma prevé la retirada de la habilitación para redactar estos planes por periodos que van desde los 4 meses hasta los 4 años para las infracciones más graves. Entre ellas, se encuentran falsear datos o no acreditar una superficie de tierras suficiente donde aplicar el purín.

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