TRIBUNALES SENTENCIA
Un excura del Urgell y su hijo, absueltos de quedarse 99.800 € de una anciana de Tàrrega
La Audiencia de Barcelona considera que hay indicios de que la mujer les autorizó a gestionar su cuenta
La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Barcelona ha absuelto a Emili T., un exsacerdote del Urgell, y su hijo, Arnau T., acusados de apropiarse de 99.800 euros de Carmen Arrondo, una anciana de Tàrrega de 81 años, como avanzó este diario. El tribunal dictamina que no se ha podido probar si la mujer (antes de ser diagnosticada de Alzheimer en abril de 2010) les autorizó o no a disponer del dinero, pero concluye que “la existencia de una estrecha relación de familiaridad y confianza entre la señora Arrondo a favor de los acusados constituyen indicios favorable a la tesis de que existió esta autorización”, por lo que “no puede afirmarse la existencia de un delito de apropiación indebida”.
La Audiencia de Barcelona admite, entre los hechos probados, que la mujer vendió su vivienda en Tàrrega en septiembre de 2010 e ingresó en su cuenta bancaria los 101.750 euros obtenidos con la operación. Una cuenta de la que Emilio T. hizo múltiples extracciones entre el 28 de septiembre de ese año y el 5 de diciembre de 2012 por un importe total de 99.800 euros, entregando una parte a su hijo. En el juicio, el excura, que era su tutor, reconoció haber retirado el dinero de la libreta para pagar la residencia de la anciana y otros gastos como la peluquería, aunque añadió que a causa de las dificultades económicas por las que pasaba su familia al tener una pensión de 400 euros, cogían dinero para ellos al no poder pagar una hipoteca de 600 euros mensuales. “La prioridad era cuidar a Carmen y vivir nosotros. Para mí es una hermana y para mi hijo, la abuela. Nos habíamos responsabilizado de ella”, afirmó. Su hijo, Arnau T., explicó cogían el dinero de la libreta de Carmen Arrondo “porque era como de la familia”.
La sentencia de la Audiencia concluye que tenían “una estrecha relación” con la mujer
Por otra parte, el tribunal resalta la “poca fiabilidad” del testimonio que ofreció el actual tutor de la anciana, el exdiputado de CiU en el Parlament y exteniente de alcalde de Tàrrega, Jaume Aligué, “que no puede saber con seguridad si en algún momento la señora Arrondo había dicho a los acusados que podrían disponer de su dinero”. La sentencia no es firme y se puede recurrir ante el Supremo.
Fiscalía y acusación pedían una pena de cinco años de cárcelLa Fiscalía y la acusación particular solicitaban sendas condenas de cinco años de cárcel como autores de un delito de apropiación indebida. El Ministerio Público y el abogado de la anciana también pedían el pago de una indemnización de 99.800 euros. En cambio, las defensas, ejercidas por los abogados Julián Suárez-Inclán Gómez y Álex Zaragüeta, pidieron la absolución.