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ADMINISTRACIÓN LOCAL

Gobernación asigna un sueldo de alcalde a 152 pueblos y lo niega a 7 por incumplir requisitos

Ayuda anual de entre 6.199 y 17.505 € para retribuir a electos de municipios de hasta 2.000 vecinos || Negativas por superar el límite de ingresos o no acreditar que cuentas y pagos de tributos están al día

Vista de Esterri d’Àneu, uno de los municipios a los que Gobernación ha denegado la subvención.

Vista de Esterri d’Àneu, uno de los municipios a los que Gobernación ha denegado la subvención.JORDI GUARDIOLA

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Un total de 152 ayuntamientos de Lleida recibirán este año las subvenciones que otorga cada año el departamento de Gobernación para retribuir a cargos electos en poblaciones de hasta 2.000 habitantes. Se las conoce como el “sueldo del alcalde”, aunque también puede usarse para sufragar sueldos de concejales, y oscilarán entre los 6.199 y 17.505 euros para los consistorios leridanos.

Frente a los municipios que se beneficiarán de estas ayudas, la conselleria ha denegado 7 peticiones al considerar que no cumplían requisitos de la convocatoria. En algunos casos, por superar el límite de ingresos ordinarios; en otros, por no acreditar que la corporación local está al día en sus cuentas y en el pago de sus obligaciones tributarias.

La resolución de la conselleria rechaza las solicitudes que presentaron los ayuntamientos de La Baronia de Rialb, Maldà y Llavorsí al considerar que sus recursos ordinarios por habitante superan los máximos que fija la convocatoria (ver claves). Cabe señalar que algunos consistorios de Lleida con ingresos elevados como Naut Aran y La Torre de Capdella, entre otros, no han optado a estas ayudas en los últimos años al superar con holgura este límite.

Por otra parte, las peticiones de los ayuntamientos de Camarasa, Sidamon, Esterri d’Àneu y Bausen se han rechazado también al considerar que carecían de la documentación económica exigida. En el caso de estos dos últimos, la resolución de la conselleria señala que no atendieron un “requerimiento de enmienda por incumplimiento de obligaciones tributarias” y añade que Esterri superaba además el límite de ingresos.

Los municipios que no reciben estas ayudas de la Generalitat pueden retribuir a los electos con dedicación exclusiva o parcial con cargo a las arcas municipales.

Ayuda máxima anual por cada tramo de población

  • 10.339 euros. Hasta 100 vecinos, con 861 euros al mes por dedicación completa, si bien el Estado la limita al 75%.
  • 12.398 euros. Para poblaciones de entre 101 y 500 vecinos, con un salario de hasta 1.033 euros al mes.
  • 17.505 euros. Para municipios de entre 501 y 2.000 habitantes, con un salario máximo de 1.458 euros.

Las claves

  • El ‘sueldo del alcalde’. La Generalitat lo estableció durante el tripartito para retribuir a cargos electos de poblaciones de hasta dos mil vecinos. Los consistorios pueden solicitarla también para retribuir a concejales y deben pagar la seguridad social de los cargos que reciben salario. En pueblos de hasta 500 habitantes, la ley española fija que los alcaldes solo pueden cobrar por una dedicación parcial de hasta el 75%.
  • Límite de ingresos. La convocatoria fijaba un límite de ingresos ordinarios por habitante de 4.576 euros para municipios de hasta cien habitantes; 2.555 en las que tienen entre 101 y 500 vecinos; y 1.976 en aquellas cuyo padrón se sitúa entre 501 y 2.000 personas.
  • Ordinario y extraordinario. Gobernación considera como ingresos ordinarios ayudas procedentes de programas de la Generalitat y la Diputación para actuaciones de mantenimiento y gastos corrientes, lo que ha hecho que algunos municipios superen el límite.
  • Obligaciones. Para recibir las ayudas, los ayuntamientos deben tener las cuentas al día, cumplir sus obligaciones de fiscalización y estar al corriente de tributos.

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