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MUNICIPIOS NORMATIVA

Media docena de pueblos prohíben o limitan regalos e invitaciones a alcaldes y concejales

Aprueban códigos de buena conducta más allá de las restricciones que impone la ley || Una medida voluntaria para aumentar la transparencia y prevenir situaciones que supongan riesgo de corrupción

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Más de media docena de ayuntamientos de Lleida han aprobado en los últimos meses códigos de conducta que establecen límites a los regalos e invitaciones que pueden recibir sus cargos electos. Se trata de restricciones por encima de las que exige la ley, que los consistorios adoptan de forma voluntaria para aumentar la transparencia de la gestión municipal, reforzar su imagen de imparcialidad y prevenir situaciones que puedan suponer riesgo de corrupción (ver desglose). Están ya en vigor en Agramunt, Les Avellanes i Santa Linya, Camarasa y Cabanabona; mientras que los plenos de Vilanova de l’Aguda y La Baronia de Rialb les dieron la aprobación inicial el pasado mes de julio y están a la espera de recibir la definitiva.

Los ayuntamientos que han adoptado estos códigos para cargos electos lo han hecho siguiendo al menos dos modelos distintos. El primero, difundido desde hace al menos un año por partidos y entidades municipalistas, exige “rechazar cualquier regalo, favor, recompensa o servicio que se ofrezca en condiciones ventajosas y que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía”. Es el que aplican ayuntamientos como Les Avellanes i Santa Linya y Agramunt, pionero al aprobarlo a finales del año pasado. El alcalde de esta localidad, Bernat Solé, señaló que “no nos hemos encontrado en situaciones de este tipo”, pero destacó la necesidad de reforzar “la imagen de los servidores públicos”.

Otros municipios han optado por un segundo modelo. Es más reciente y menos taxativo a la hora de aceptar regalos o invitaciones, pero es más preciso y detallado que el primero. Lo publicó en marzo la Xarxa de Governs Transparents (ver claves) e insta a aceptar solo “regalos de cortesía por razón del cargo” y hacer públicos los bienes aceptados, quién los entrega y que destino tendrán. “En ningún caso podrán ser para uso personal del alto cargo”, especifica. También exige aceptar invitaciones a comidas y viajes solo en representación institucional y por motivos de interés público. También debe informarse de ellas a los vecinos, a través el portal de transparencia que incluyen las páginas web de los ayuntamientos. Es el que han adoptado Camarasa, Cabanabona y Vilanova de l’Aguda, este último en periodo de información pública al igual que el de La Baronia de Rialb. El alcalde de esta última localidad, Antoni Reig, destacó la importancia de un “marco de referencia” común sobre estas cuestiones.

Una guía para detectar y prevenir “corruptelas de baja intensidad”Frente a los grandes casos de prevaricaciones y sobornos millonarios, existe lo que la Oficina Antifrau de Catalunya ha calificado como “corruptelas de baja intensidad”. Se trata de situaciones tan extendidas y frecuentes que se han normalizado y a veces ni siquiera se perciben como tales. Miembros de este organismo han utilizado este término en algunas conferencias dirigidas a alcaldes y concejales. En ellas exponen situaciones hipotéticas, como la de una empresa concesionaria de servicios municipales que regala seis botellas de vino de 40 euros cada una al ayuntamiento, y preguntan a los presentes si es lícito aceptarlas. No todos los electos dan con la respuesta que Antifrau considera correcta: hacerlo supone un riesgo de corrupción. Por ello, recomiendan establecer protocolos precisos sobre cuándo aceptar o no un obsequio, un camino que han empezado a recorrer ayuntamientos leridanos.

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