TRIBUNALES SENTENCIA
El CatSalut deberá pagar 139.000 € por una bebé fallecida en Tremp
Un juzgado de Barcelona considera que hubo un “déficit asistencial” en el hospital del Pallars || La pediatra, que erró en el diagnóstico, fue absuelta de negligencia
El Servei Català de Salut (CatSalut) deberá indemnizar con 139.000 euros a los padres de una bebé de 18 meses que falleció en 2010 en el Hospital Comarcal del Pallars, en Tremp, por una obstrucción intestinal que no fue diagnosticada, según informó ayer Europa Press. El juzgado de Tremp absolvió en 2014 por la vía penal a la pediatra que atendió a la pequeña y los padres perseveraron en su reclamación por la vía civil. Ahora, el Juzgado de Primera Instancia número 29 de Barcelona ha condenado al CatSalut a pagar esta cuantía en una sentencia firme del pasado junio. La pediatra fue absuelta de negligencia en primera instancia por el juzgado de Tremp y la Audiencia Provincial de Lleida lo ratificó.
Los hechos ocurrieron la noche del 26 de agosto de 2010. El matrimonio, de Barcelona, y su hija estaban de vacaciones en el Pallars Jussà y acudieron de madrugada a urgencias del Hospital de Tremp con su bebé, que presentaba un dolor abdominal. La pediatra diagnosticó equivocadamente en un primer momento que la niña padecía una gastroenteritis con deshidratación. Siete horas después de su entrada en el hospital, la bebé falleció y la autopsia reveló que la causa de la muerte había sido una invaginación intestinal, una patología en la que se produce un bloqueo del intestino que puede ser diagnosticada con una correcta exploración. Según la sentencia, una exploración inicial adecuada y pruebas diagnósticas por imagen habrían detectado la dolencia, que se supera en la mayoría de los casos si se trada de forma adecuada. Según el fallo, el aparato de rayos X portátil que era necesario no funcionaba desde el 29 de junio del mismo año y durante la reparación el hospital y el CatSalut no hicieron ninguna actuación para suplirlo. Para detectar la dolencia de la menor, la pediatra necesitaba este aparato, por lo que el juzgado de Barcelona determina que se produjo un “déficit asistencial”.
La pediatra diagnosticó por error una gastroenteritis cuando la menor murió de una invaginación intestinal
Los demandantes sostienen que la falta de diagnóstico vino originada por la falta de medios humanos y la descoordinación entre el hospital, el CatSalut y el SEM, pero el juez considera que no corresponde al tribunal analizar esta organización, por lo que se limita a fallar en la responsabilidad civil, que fija en 139.000 euros.
En este caso, la Audiencia de Lleida confirmó la sentencia del tribunal de Tremp que absolvió a la pediatra que atendió a la bebé. Según su criterio, el diagnóstico inicial, aunque posteriormente resultó equivocado, no era reprochable y sí, en cambio, comprensible. El tribunal analizó los informes aportados por tres peritos: uno de la acusación, que dijo que la pediatra pudo haber practicado pruebas para diagnosticar la invaginación intestinal; otro de la defensa, que decía que el estado de la niña era irreversible cuando llegó al hospital, y un tercero de un perito judicial que estuvo de acuerdo, con matices, con esta última valoración. El juez concluyó que la invaginación se agravó por una desgraciada concatenación de circunstancias de tiempo y lugar muy adversas, producto de la fatalidad, entre ellas que los padres, residentes en Barcelona, se encontraran en ese momento en Tremp, con muchos menos recursos sanitarios.