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Investigan por incitación al odio a un colegio de La Seu

El juez ve indicios de que el hijo de una guardia civil habría sufrido “humillaciones y agresiones” || Cita al director y a dos docentes

Imagen de archivo del colegio Mossèn Albert Vives.

Imagen de archivo del colegio Mossèn Albert Vives.SEGRE

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de La Seu d’Urgell ha abierto una investigación por un presunto delito de incitación al odio contra el director y dos profesores del colegio Mossèn Albert Vives de la capital del Alt Urgell después de que varias familias denunciaran humillaciones al hijo de una agente de la Guardia Civil tras el 1-O, como ya informó SEGRE la semana pasada. El juez asegura en las diligencias que “podría ser que varios profesores y el director incitaran de manera directa a sus alumnos, de edades muy tempranas y en consecuencia maleables por quien tiene un principio de autoridad hacia ellos, a la comisión de hechos mínimamente concretados en los que se pueda predicar la discriminación, el odio, la hostilidad o la violencia contra grupos o asociaciones “. Uno de los alumnos habría sufrido “humillaciones, insultos e incluso agresiones” porque su madre es guardia civil, lo que conocen el resto de compañeros y profesores.

Las denuncias presentadas por las familias en el cuartel de la Guardia Civil están fechadas el día 6 de octubre, el auto del juez el día 9 y la conselleria de Enseñanza de la Generalitat, por su parte, aseguró que ni el centro ni los Servicios Territoriales de Lleida tienen conocimiento de la apertura de una investigación por parte de un juzgado.

“Podría ser que los profesores y el director incitaran de manera directa a sus alumnos”, según el juez

De esta forma, el juez incoa “diligencia previas para la comprobación de los hechos y de las personas intervinientes” y pide a la policía judicial de la comandancia de la Guardia Civil que investigue a los profesores y que informe “sobre las actividades llevadas en la escuela el día 3 de octubre”.

El juez recuerda que el artículo 510 del Código Penal en su apartado primero “castiga a quienes públicamente fomenten, promueven o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por su razón de pertenencia, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes de ideología, religión o creencias y situación familiar (...)”. Asimismo añade que “hasta tal punto existen indicios de lo indicado”, según se relata en las denuncias.

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