TRIBUNALES SENTENCIA
Absueltos de 'mobbing' dos cargos de la Diputación
El juzgado de lo Penal dice que no hay pruebas de que acosaran a un exinterventor || Afirma que las actuaciones fueron legítimas
El juzgado de lo Penal número 2 de Lleida ha absuelto a dos cargos de la Diputación, M.M.O. y G.S.M., del delito de acoso laboral del que les acusaban el exinterventor Josep Jaume Mateu y el representante sindical José María Veganzones. La sentencia afirma que “no ha quedado acreditado” que los ahora absueltos acordaran “la puesta en marcha de un plan de acoso”, y niega que realizaran “actos hostiles o vejatorios” sobre los denunciantes “para lograr su salida de la Diputación”, como sostenía la versión de los querellantes, que ha sido rechazada. Fiscalía pedía 1 año y 9 meses para uno de los dos cargos ahora absueltos. La Diputación emitió ayer un comunicado en el que afirma que la sentencia, “muy fundamentada”, señala que “los hechos denunciados por el señor Mateu y el señor Veganzones no son actos hostiles ni graves, sino simples percepciones subjetivas de los denunciantes, y que los cambios y procedimientos administrativos son las consecuencias lógicas de decisiones puramente administrativas”. Según la corporación provincial, “la sentencia remarca que los actos considerados por el exinterventor como hostigamiento y moobing laboral son en realidad consecuencias necesarias y objetivas de su cese como interventor, una vez perdida la confianza en él. Y lo mismo se dice en relación con el señor Veganzones, quien fue trasladado de puesto de trabajo de forma ajustada a derecho. Ninguno de los acusados ??tenía superioridad orgánica y funcional sobre ellos y sus actuaciones han sido legítimas y legales”. La Diputación considera que “finalmente se demuestra que las denuncias interpuestas en su día por el señor Mateu y el señor Veganzones responden sólo a represalias por el cese del primero y a una voluntad manifiesta de hacer daño a la institución. Prueba de ello es que, tal y como recoge la sentencia, todas las acusaciones estaban huérfanas de prueba, ante la extensa prueba documental y testifical de la corporación”. Los querellantes estudian la posibilidad de recurrir ante la Audiencia.