MENORES RECLAMACIÓN
Indemnización de 60.000 € a un extutelado incapacitado por error
Reclamación contra la DGAIA de un joven de Lleida que estaba bajo la tutela de la Generalitat || Le diagnosticó una deficiencia mental en lugar de una dislexia
La Comisión Jurídica Asesora de la Generalitat ha aceptado la reclamación de un extutelado e insta a la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA) en Lleida a indemnizarle con 60.000 euros por haberle diagnosticado por error un trastorno mental por el que fue incapacitado judicialmente. Según recoge el expediente, el reclamante, que ahora tiene 38 años, inició la reclamación hace seis años. La Generalitat, a través de la DGAIA, asumió la tutela del reclamante cuando tenía tres años, momento en el que él y sus tres hermanos sufrieron una situación de abandono familiar. Cuando tenía seis, la administración le reconoció un grado de disminución del 39% al presentar un diagnóstico de deficiencia mental ligera, por lo que fue incapacitado judicialmente en 1998, cuando ya era mayor de edad. Dos años después, según consta en el expediente, los servicios psicológicos hicieron otra valoración del tutelado y llegaron a la conclusión de que no padecía ninguna discapacidad psíquica, sino que presentaba un importante retraso ambiental, con dislexia grave y depresión. No fue hasta 2011 cuando el reclamante pudo revocar la incapacidad judicial. Un año después, inició el proceso de reclamación por los daños ante la Generalitat y también en la diputación de Lleida. Esta última, desestimó la petición y está a la espera de tramitarse el recurso. Por ello, reclama una indemnización de 700.000 euros por los daños causados, ya que considera que no recibir tratamiento específico para la dislexia le ha causado graves perjuicios para su desarrollo personal y social. Una valoración que comparte la Comisión Jurídica Asesora, que admite que sufrió un “daño real, efectivo y evaluable económicamente” por no serle diagnosticada la dislexia hasta ser mayor de edad y, por tanto, no recibir el tratamiento adecuado durante la infancia. Sin embargo, rebaja la cantidad a pagar a 60.000 euros al considerarla más “proporcionada”.
Ve una “pérdida de oportunidad” por falta de tratamiento
El dictamen de la Comisión Jurídica Asesora señala que, aunque no puede atribuirse una negligencia a una persona en concreto, sí puede deducirse que en este caso el funcionamiento de la Administración ha causado un daño. Asimismo, lo califica como una “pérdida de oportunidad” para el reclamante, ya que no pudo tratarse de la dislexia desde una edad temprana, lo que no le ha reportado una mejora de sus condiciones de vida. De hecho, señala que el tratamiento dio resultados positivos al poco tiempo de aplicarse, aunque no se hizo hasta 12 años después de estar bajo la tutela de la Generalitat. Por otra parte, el organismo carga contra el retraso en la resolución de los expedientes, ya que la reclamación se presentó en 2012 y la comisión no ha sabido del caso hasta este mismo año.