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TRIBUNALES POLÍTICA

Archivan la causa contra la ANC en Tàrrega por un delito electoral

Fiscalía acusó al excoordinador de mantener un acto de apoyo a los Jordis pese a estar prohibido || La Audiencia desestima el recurso del Ministerio Público

Salvador Bori recibió el apoyo de 200 personas cuando declaró.

Salvador Bori recibió el apoyo de 200 personas cuando declaró.X. SANTESMASSES

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El excoordinador de Tàrrega per la Independència (asamblea local de la ANC), Salvador Bori, no cometió ningún delito electoral. La Audiencia de Lleida ha archivado definitivamente el caso al desestimar el recurso presentado por la Fiscalía, que consideraba que Bori había cometido este delito por haber mantenido supuestamente una concentración de apoyo a los Jordis coincidiendo con los dos meses de su encarcelamiento el día 16 de diciembre del año pasado, prohibido por la junta electoral al considerarlo un acto electoral coincidiendo con la campaña de las elecciones al Parlament del 21-D de diciembre. El juzgado de Instrucción número 2 de Cervera dictó el archivo provisional de la causa el pasado en julio pero el Ministerio Público recurrió ante la Audiencia.

El tribunal considera que con la investigación llevada a cabo “resulta insuficiente para fundamentar la imputación del delito denunciado”. La Audiencia añade que “no se ha podido concluir” que el acto que tuvo lugar en la capital del Urgell “fuera el que previamente había prohibido la Junta Electoral, que es lo que vendría a configurar el delito, ni tampoco que el investigado fuera el responsable de la investigación del mismo”. También argumenta que en el auto que los Mossos, que prestaron declaración en calidad de testigos, “no pudieron aclarar que el acto pudiera haber sido organizado por la ANC o por partidos políticos, recordando que el investigado solo tuvo una intervención muy breve”. Bori declaro que cuando recibieron la prohibición del acto lo desconvocaron y que entonces los partidos independentistas decidieron hacer un mitin.

La venta de lazos amarillos, uno de los indicios de la acusación La Audiencia de Lleida explica en el auto que “el hecho de que allí se pudieran ofrecer bufandas y lazos de color totalmente amarillo, es totalmente insuficiente para entender que se trataba del acto prohibido por la Junta Electoral”. Este era uno de los supuestos incidios que sustentaban la acusación. El tribunal, formado por tres magistrados, también añade, sobre los símbolos amarillos, “como es notoriamente conocido, es habitual en todos los actos organizados tanto por entidades como por diversos partidos políticos de signo independentista”.

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