TRIBUNALES CONDENA
Prohíben a un condenado por hurto acercarse a un “súper” de Mollerussa
La Audiencia de Lleida ha condenado a un hombre por robar en un establecimiento de Mollerussa y le impone una orden de alejamiento del local, al que no podrá acercarse durante tres meses. Según la sentencia, el acusado es responsable de dos delitos de hurto cometidos el 11 de abril y el 30 de septiembre en un supermercado de la avenida de la Pau de Mollerussa. El tribunal apunta a que el acusado reconoció los hechos durante el juicio y que la empresa aportó grabaciones de las cámaras de seguridad que confirman su autoría. Por todo ello, rechaza el recurso presentado por la defensa del acusado, que alegaba indefensión y que los hechos deberían haberse enjuiciado por separado. Sin embargo, el tribunal considera que la denuncia, aunque sean dos, parten de la misma empresa y que, además de la prueba de las cámaras de seguridad, el propio acusado, aún conociendo sus derechos a no declarar en su contra, admitió que había robado. También algunos testigos confirmaron que se trataba del autor de los robos.
Por todo ello, la Audiencia Provincial le impone una multa de 900 euros por un delito leve de hurto continuado (ya que cometió dos robos en el periodo de cinco meses en el mismo supermercado). También le condena a indemnizar al establecimiento comercial con la cantidad de 114 euros y le impone una orden de alejamiento de la tienda por un periodo de tres meses. El tribunal confirma de esta forma la pena impuesta ne primera instancia por el Juzgado de Instrucción 1 de Lleida y obliga al recurrente a pagar las costas del proceso. La sentencia es firme, ya que no cabe recurso.