TRIBUNALES SENTENCIA
Condenan a 45 años de prisión al cazador que asesinó a dos agentes rurales en Aspa
La Audiencia le impone 22 años por cada asesinato y uno por tenencia ilícita de armas || Es la condena más alta impuesta en Lleida junto a la que cumple el hombre que mató a una estudiante de Alpicat
La Audiencia de Lleida ha condenado a un total de 45 años de prisión a Ismael Rodríguez Clemente, el cazador de Vacarisses (Vallès Occidental) de 30 años que asesinó a tiros a dos agentes rurales de Lleida en el coto de caza de Aspa el 21 de enero de 2017. La sentencia se hizo pública ayer 17 días después de que el jurado declarara de forma unánime culpable de asesinato, el pasado 25 de enero, a Rodríguez por matar a las dos víctimas, Xavier Ribes, de 43 años, y David Iglesias, de 39. De esta forma, el tribunal le impone 22 años por cada uno de los asesinatos y un año por un delito de tenencia ilícita de armas, ya que la escopeta que usó para el doble crimen tenía el permiso caducado.Asimismo, le condena a una multa de 1.080 euros por un delito contra la fauna, al carecer de permiso para cazar en el coto de Aspa en el momento de los hechos. La condena de 45 años iguala a la impuesta al hombre que mató y violó a una estudiante de Alpicat en 2004. Son las más altas dictadas en Lleida.
El tribunal da por válidos todos los motivos esgrimidos por el jurado para señalar la culpabilidad de Rodríguez. Le impone 22 años por cada asesinato en concurso ideal de atentado a la autoridad al considerar que “se trató de una acción súbita y totalmente inesperada por las víctimas”, a las que, añade, “sin ningún tipo de enfrentamiento previo, sabiendo que iban desarmadas”, el acusado disparó de forma “certera y precisa” afectando a zonas vitales. El fallo añade que el cazador “en una reacción totalmente incomprensible” acabó con la vida de dos personas y, para ello, tras dispararles una primera vez, se acercó a los rurales, cuando ya estaban en el suelo, recargó el arma y les volvió a disparar “para asegurarse su fallecimiento”. La Audiencia tiene en cuenta la atenuante de confesión, como consideró probado el jurado, pero no la de alteración psicológica. Según el magistrado, se puede descartar que el acusado padeciera en el momento de los hechos ningún tipo de enfermedad o trastorno psiquiátrico y el trastorno explosivo intermitente que alegó su defensa no pasa de ser una “hipótesis médica”. La sentencia no es firme.
Podría cumplir 40 años efectivos por la gravedad de los crímenes Ismael Rodríguez Clemente podría cumplir 40 años de prisión efectiva. Este es el cumplimiento máximo que establece la Audiencia de Lleida en virtud del artículo 76 del Código Penal. Este máximo, el más elevado posible, se puede aplicar cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y, al menos, dos de ellos estén castigados con pena de prisión superior a 20 años. Se trata del mismo máximo establecido para los condenados por terrorismo. La condena a Ismael Rodríguez Clemente está en la órbita de lo que solicitaba el Ministerio Fiscal, que rebajó en sus conclusiones su petición de 48 a 45 años y 11 meses de prisión. Por su parte, las acusaciones particulares solicitaban 51 años al no tener en cuenta el atenuante de confesión, ya que consideraron que el cazador llamó al 112 para alertar de lo que había hecho presionado por sus compañeros. En todo caso, la condena iguala la más alta impuesta en Lleida. A 45 años también fue condenado a Gilberto Antonio Chamba Jaramillo por asesinar y violar a la estudiante Isabel Bascuñana y violar a una prostituta días después. Por su parte, Hamid Errabehy fue condenado a 36 años por asesinar en abril de 2013 en Alcarràs a su mujer y al que creía que era el amante de esta. Mientras, el neonazi Alejandro Ruiz Vidal fue condenado a 33 años de prisión por apuñalar a 5 personas en la calle. En el caso de la responsabilidad civil, la Audiencia establece que el cazador de Vacarisses debe indemanizar a los familiares directos de los dos rurales, que son esposas, hijos, padres y hermanos. Parte de la indemanización, 300.000 euros, deberá ser asumida por la aseguradora. Asimismo, condena a 9 meses de prisión a Miguel Ángel Fernández por un delito de tenencia ilícita de armas, ya que sabía que Rodríguez no tenía licencia cuando puso a su nombre el arma homicida.