MUNICIPIOS POLÍTICA
La Fiscalía archiva las diligencias contra 32 alcaldes de Lleida por abrir locales en el 1-O
La práctica totalidad de los investigados excepto el primer edil de Alcarràs || El auto descarta delitos de desobediencia y prevaricación y apunta que los electos tampoco hubieran podido parar la votación
La Fiscalía ha archivado las diligencias contra 32 alcaldes, principalmente de ERC y PDeCAT, investigados en Lleida por la cesión de locales para el referéndum del 1-O en 2017. Es la práctica totalidad de los encausados, después del archivo de las diligencias contra los que tenían la condición de aforados como diputados en el Parlament en la pasada legislatura (ver claves). Solo sigue en pie la causa abierta al primer edil de Alcarràs por un presunto delito de desobediencia. El auto del fiscal considera que ninguna de las acciones de los ediles investigados tuvo “incidencia efectiva en la apertura de centros de titularidad municipal”, ya fuera de forma activa o bien por omisión. En este sentido, apunta que la Generalitat no pidió cesión de locales, sino que comunicó a los ediles que usaría los centros de votación habituales en cada municipio salvo que los ayuntamientos planteasen objeciones.
El texto añade que los alcaldes firmaron decretos de conformidad el día 7 y que la policía judicial recabó estas resoluciones el mismo día. Aún faltaba un día, según recalca el auto, para que el Boletín Oficil del Estado (BOE) publicase, el 8 de septiembre, la resolución del Tribunal Constitucional que declaró ilegal el referéndum. En cuanto a las declaraciones de apoyo al referéndum que cotenían estos decretos (seguían un modelo difundido por la AMI y la ACM), el fiscal considera que se trató de declaraciones políticas sin efectos jurídicos. “No entraña más que una declaración intelectual” o de posicionamiento partidista, apunta el texto. Por todo ello, considera que los alcaldes no incurrieron en desobediencia ni prevaricación.
El auto valora que las declaraciones en favor del referéndum fueron solo de carácter político
Asimismo, el ministerio fiscal subraya que los alcaldes investigados estaban al frente de “pequeños ayuntamientos” y que, “aunque hubiesen querido, tampoco hubieran podido” impedir la apertura de los centros de votación ante una actuación “llevada a cabo por un grupo numeroso de sus conciudadanos”.
Para el fiscal, no se aprecia “una oposición abierta, tenaz, contumaz y rebelde al mandato judicial” por parte de los alcaldes investigados, ni de forma activa ni tampoco por omisión. Sobre esto último, cita la actuación del exconseller de presidencia Francesc Homs con motivo de la votación del 9 de noviembre de 2014 como ejemplo de una “contumaz conducta omisiva” que, a juicio del fiscal, sí podría considerarse desobediencia grave.