TRIBUNALES SENTENCIA
Condenado un guardia civil por acosar a una compañera en Ponts
El agente, que estaba en prácticas, fue expulsado del cuerpo || Multa de 2.100 euros e indemnización de 4.815 para la víctima, que estuvo tres meses de baja
El juzgado de lo Penal número 1 de Lleida ha condenado a un agente de la Guardia Civil por acosar sexualmente a una compañera de la comandancia de Ponts. El acusado, que se encontraba en prácticas y que ha sido expulsado del cuerpo, ha sido condenado al pago de una multa de 2.100 euros (a razón de 10 euros diarios durante siete meses) y a indemnizar a la víctima con 4.815 euros por los tres meses que estuvo de baja por trastorno ansioso-depresivo y recibió tratamiento psicofarmacológico.
Los hechos tuvieron lugar en el verano del año 2017, concretamente desde el 27 de junio, fecha en la que el acusado llegó a Ponts, hasta mediados del mes siguiente. Según la sentencia, el guardia civil en prácticas vejó, humilló y acosó a una compañera con frases como “a ver cuando hacemos un trío con mi mujer… tengo la polla igual que este plátano, al tiempo que le mostraba un plátano, soy un lobo en la cama…” y “mañana te voy a violar”, según informó ayer la Asociación Española de Guardia Civiles (AEGC), que han ejercido la acusación particular. En algunas de estas situaciones hubo testigos. La víctima estuvo de baja desde el 14 de julio hasta el 16 de octubre del año 2017. La Fiscalía y la acusación particular solicitaban una condena de cinco meses de prisión.
“Mañana te voy a violar” y “a ver cuando hacemos un trío con mi mujer” fueron algunas de las expresiones
La asociación explicó ayer que “hemos de destacar la actuación del mando superior de la agente, que en cuanto tuvo conocimiento de los hechos y de la amenaza de violación, denunció lo ocurrido a sus inmediatos superiores, quienes lo pusieron en conocimiento del juzgado”. También añadieron que los mandos “han actuado rápidamente expulsando de este cuerpo a este individuo que con su comportamiento no se hace merecedor de llevar este uniforme”. La AEGC criticó la pena impuesta ya que “mientras no se lleve a cabo una reforma del Código Penal este tipo de conductas seguirán teniendo condenas leves para los acosadores, mientras que las víctimas tendrán que seguir conviviendo con el recuerdo de esa humillación y vejación el resto de su vida. Un recuerdo que ninguna indemnización económica podría paliar”.
La sentencia no es firme y se puede recurrir ante la Audiencia de Lleida.