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TRIBUNALES SENTENCIA

Cárcel por amenazar de muerte a su expareja ante los hijos en Tremp

Condenado a seis meses de prisión y orden de alejamiento de un año y medio || Sucedió el año pasado y la mujer ya lo había denunciado en otras ocasiones

Los hechos pasaron en un parque de Tremp a mediados del año pasado.

Los hechos pasaron en un parque de Tremp a mediados del año pasado.SEGRE

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La Audiencia de Lleida ha condenado a seis meses de prisión a un hombre que amenazó de muerte a su expareja en Tremp. Además de la pena de cárcel, el tribunal le impone una orden de alejamiento de 100 metros respecto a la víctima durante un año y medio y la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante este periodo. Tampoco podrá disponer de armas durante dos años. La Audiencia ha ratificado la sentencia en primera instancia del juzgado de lo Penal número 1 de Lleida que condenó al hombre como autor de un delito de amenazas en el ámbito familiar.

Los hechos tuvieron lugar, según la sentencia, a mediados del año pasado cuando “el acusado se dirigió a su esposa cuando la misma se hallaba en un parque infantil en compañía de sus hijo, iniciándose una discusión entre ambos, a raíz de la cual el hombre se dirigió a la mujer diciéndole que si perdía los papales por culpa del divorcio que pensara que en su país la cabeza de ella ya estaría en un cristal”. La jueza de lo Penal dio “total credibilidad por lo coherente y persistente a la declaración de la denunciante”. El condenado recurrió el fallo ante la Audiencia de Lleida al considerar que se había vulnerado el principio de presunción de inocencia y que la denunciante incurrió en contradicciones como la de no precisar la fecha exacta de las amenazas.

El tribunal determina que las amenazas de muerte se produjeron “cuando la pareja inició los trámites de divorcio, es decir entre mayo y julio de 2018 pero que, en ningún caso, se remontan a un año antes a la interposición de la denuncia como sostiene el recurrente”. Además, la Audiencia de Lleida recuerda que la mujer denunció al acusado ya en el año 2016 ante “el Grup d’Atenció a la Víctima de los Mossos d’Esquadra de Tremp así como ante el Servei d’Intervención Especialitzada de violencia de género del Alt Pirineu i Aran, lo cual vendría a corroborar, aunque sea de modo periférico, el relato de los hechos y la situación familiar expuesta por la víctima”. El tribunal considera que hay pruebas suficientes para la condena. La sentencia ya es firme.

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