JUSTICIA CIUDADANÍA
Le deniegan la nacionalidad por no saber nada del país
Una vecina de Tàrrega nacida en Marruecos || Dijo que la capital de España era “el rey Juan Carlos” y no supo la de Catalunya
La Audiencia Nacional ha denegado la nacionalidad española por residencia que solicitó una vecina de Tàrrega de 60 años nacida en Marruecos por no “acreditar el suficiente grado de integración”. Así, por ejemplo, en el cuestionario de valores históricos, constitucionales y socioculturales de España, la mujer respondió que “el rey Juan Carlos” era la capital del país y no supo decir cuál era la capital de Catalunya.
La mujer presentó un recurso ante la Audiencia Nacional después de que el ministerio de Justicia le denegara la concesión de la nacionalidad española por residencia tras el informe desfavorable del encargado del Registro Civil, que le hizo la entrevista y que determinó que “no se encuentra adaptada a la cultura y al estilo de vida españoles pese a su amplia permanencia en España previa a la solicitud y que no ha servido para su alfabetización y no parece que haya adquirido un conocimiento suficiente de nuestro idioma”. La mujer alegó en su recurso ante la Audiencia Nacional que la denegación fue “arbitraria” y que su analfabetismo no puede ser motivo válido para declinar su petición.
La demandante consideró que el informe del Registro Civil, que fue desfavorable, era “arbitrario”
La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha revisado el expediente del caso en el que “se advierte que habla el castellano aunque con dificultad y el catalán ni lo entiende ni lo habla”. El tribunal expone diferentes respuestas que la mujer hizo al cuestionario. Así, dijo que “la capital de España es el rey Juan Carlos y la de Catalunya, no comprende”, “las otras provincias catalanas son Lleida, Barcelona y Madrid”, “no conoce ningún monumento típico, ni periódico que se comercializa en España” y “no conoce deportistas españoles, ni cantantes, ni grupos musicales, ni escritores ni pintores”, entre otras. Por todo ello, la Audiencia Nacional determina que el ministerio de Justicia no tuvo una actuación “arbitraria” y que “el problema radica en que, pese a la prolongada estancia en nuestro país, no se ha acreditado un suficiente grado de integración en la sociedad española”.