DENUNCIAS MEDIOAMBIENTE
Veinte multas este mes por acampar en Aigüestortes
Los infractores pernoctaron en tiendas de campaña, al raso o en vehículos || Comporta una sanción de, al menos, 300 euros
Los Agentes Rurales han impuesto en poco más de dos semanas una veintena de denuncias por acampar de forma ilegal en el Parc Nacional d’Aigüestortes, ya sea durmiendo en tiendas de campañas, al raso o en vehículos. Y es que está permitido acampar y hacer vivac (dormir al raso) en determinadas zonas señalizadas de 20.00 a 08.00 horas. Fuera de este horario no puede haber ninguna tienda instalada, excepto las autorizadas. Según informaron fuentes del cuerpo de Rurales, se trata de infracciones habituales durante los meses de verano y pueden comportar sanciones económicas de, al menos, 300 euros. El parque de Aigüestortes i Estany de Sant Maurici recibe más de medio millón de visitantes cada año, de modo que uno de los principales objetivos de la Generalitat es hacer compatible el acceso de las personas y la conservación íntegra de todos sus valores naturales. Por este motivo, está restringida la circulación de vehículos y bicicletas, no se permite la caza, la pesca ni la captura de ningún animal. Está prohibido encender fuego y acampar de forma libre, por lo que se recomienda acudir a los refugios de montaña, los servicios de hotelería o campings de la zona de influencia. Para hacer cumplir la normativa, además de los Agentes Rurales trabajan en el parque un grupo de guardias.
La moda de utilizar drones para tomar fotografías y grabar vídeos también ha llegado a los paisajes naturales de Lleida y hace apenas dos días los Rurales ya sancionaron a un excursionista por hacer sobrevolar en Aigüestortes un dron de pequeñas dimensiones. También sancionaron recientemente en Camarasa a una personas por utilizar un dron en la zona del Aiguabarreig Segre-Noguera Pallaresa.
Solo está permitido acampar dentro de un determinado horario y en zonas señalizadas
En cuanto a este infracción, recuerdan que “hace falta autorización previa para hacer sobrevolar aparatos, tripulados o no, en las zonas incluidas en el Plan de Espacios de Interés Natural. Está incluido en el artículo que regula las actividades fotográficas, científicas y deportivas que pueden afectar la fauna salvaje”.