TRIBUNALES SENTENCIA
Condenan a una funeraria por mala praxis con el cadáver de un leridano
No pusieron el féretro en una cámara refrigerada, provocando su putrefacción
La Audiencia de Huesca ha condenado a una funeraria de Monzón por “mala praxis en la prestación de servicios” por no haber conservado adecuadamente el cadáver de un vecino de Lleida de 29 años que murió en un accidente laboral el 25 de mayo de 2016. El tribunal condena a la empresa a indemnizar con 12.000 euros a los familiares del fallecido, representados por el abogado Enric Rubio, por los daños morales ocasionados. Concretamente, el hombre falleció por el impacto de una pala de carga en Esplús.
El joven fue embalsamado para ser trasladado posteriormente a Moldavia, de donde era originario. Sin embargo, la funeraria no puso el féretro en una cámara de refrigeración hasta el 6 de junio, lo que provocó su putrefacción evidente y que los familiares vieran su cuerpo en mal estado. El tribunal afirma que “es un hecho admitido que, tras las operaciones de embalsamamiento y depósito en el féretro de traslado en los términos previstos en el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, no estuvo conservado en cámara refrigerada, al menos hasta el día 6 de junio. Y que los primeros síntomas de putrefacción pudieron advertirse a partir del día 31 de mayo, acentuándose los días posteriores hasta que fueron totalmente evidentes a partir del día 6”. Por todo ello, concluye que “los demandados no desempeñaron su cometido con la diligencia de un buen comerciante (...), que tiene el deber de conocer el alcance jurídico de las obligaciones que contrae”. La Audiencia de Huesca fija una indemnización de 12.000 euros para los familiares del fallecido al considera que la funeraria causó “daño moral por mala praxis en la prestación de servicios funerarios”.
El joven murió en un accidente laboral en la localidad de Esplús
El vecino de Lleida falleció en un accidente laboral el 25 de mayo de 2016 en una finca de Esplús. Murió al caerle encima una pala de carga tras una avería. Los dos empresarios para los que trabajaba fueron condenados hace un año a sendas penas de cinco meses de prisión como autores de un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con un delito de homicidio por imprudencia grave, como ya informó SEGRE. También aceptaron indemnizar con 420.000 euros a los familiares de la víctima.