TURISMO NORMATIVA
La Generalitat legaliza “compartir” pisos con turistas y clasifica los campings con estrellas
El nuevo decreto de Turismo amplía la capacidad máxima de las casas rurales de 15 a 20 personas || La normativa crea la figura de alojamientos “singulares” como las cabañas de piedra seca o las cuevas
La Generalitat aprobó ayer el nuevo decreto de Turismo, que regula “compartir” vivienda con turistas a los que se alquilan habitaciones. Se trata de una práctica hasta ahora al margen de la normativa turística y que se ha popularizado en los últimos años a través de plataformas digitales.
El decreto crea la figura del hogar compartido, vivienda principal de su propietario que este comparte como servicio de alojamiento para un máximo de 4 clientes y estancias de hasta 31 días. El decreto establece un plazo de un año hasta la entrada en vigor de este tipo de alojamientos para que los ayuntamientos puedan también regularlos a través de ordenanzas. El director general de Turismo, Octavi Bono, explicó que en Catalunya hay unos 14.000 hogares compartidos, 9.000 de ellos en Barcelona.
Los edificios de las casas de payés deberán ser de antes de 1957 y actualmente se fija la antigüedad en 1950
Otra novedad es que los campings pasarán a clasificarse por estrellas: cada uno tendrá entre dos y cinco. Ahora están catalogados por categorías: lujo, primera, segunda y tercera. En Lleida no hay ninguno de lujo y la gran mayoría son de segunda. La presidenta de la asociación de campings de Lleida, Marta Cortina, apuntó que hay “unos cuantos” de primera categoría y “pocos” de tercera. Valoró positivamente la nueva clasificación. Por su parte, las casas rurales podrán acoger a un máximo de 20 personas frente a las 15 actuales. El presidente de la Federación de Turismo Rural, Jaume Ramon, señaló que “hace tiempo que lo pedíamos”. También se establece que los inmuebles tendrán que ser anteriores a 1957, lo que “abre las puertas” a más alojamientos, según Ramon. El responsable de promoción del Patronato de Turismo de la Diputación, Juli Alegre, valoró positivamente “que la norma se adapte a las necesidades del sector y de la demanda”. En la misma línea, Bono destacó la necesidad de actualizar la normativa y simplificarla. La Federación de Hostelería declinó valorar la nueva regulación hasta conocer los detalles. Por otra parte, el decreto crea los alojamientos “singulares”, como por ejemplo las cabañas de piedra seca o las cuevas. Podrán tener una capacidad máxima de seis plazas. Asimismo, los pisos de alquiler turístico no podrán acoger a más personas de las que marca la cédula de habitabilidad y hasta un máximo de 15. Sus propietarios deberán entregar las normas de convivencia a sus clientes y tendrán que pedir a quienes las incumplan que abandonen el alojamiento.