SEGRE

TRIBUNALES SENTENCIA

Condenado a 3 años de prisión por causar un choque mortal en El Poal

El Tribunal Supremo ratifica la sentencia de la Audiencia por conducción temeraria y homicidio por imprudencia grave || En el siniestro murió un joven de 29 años

El accidente se produjo en El Poal en la carretera de El Palau d’Anglesola en mayo de 2016.

El accidente se produjo en El Poal en la carretera de El Palau d’Anglesola en mayo de 2016.J.G.M.

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El Tribunal Supremo ha condenado a un vecino del Pla d’Urgell a tres años de prisión por provocar un accidente en El Poal en el que murió un vecino de este municipio de 29 años en mayo de 2016. El Supremo confirma la sentencia de la Audiencia de Lleida que, a su vez ya ratificó el fallo del juzgado de lo Penal número 1, y desestima el recurso presentado por la defensa del acusado. Ha sido condenado por un delito de conducción temeraria y homicidio por imprudencia grave, además de otro delito de lesiones por imprudencia grave por las heridas sufridas por el ocupante del vehículo que conducía el ahora condenado.

La defensa del recurrente sostenía que los hechos no habían quedado suficientemente probados y que “las conclusiones a las que llega la Audiencia Provincial no pasan de ser meras sospechas, condenándole por un rumor propagado posteriormente al accidente”. En este sentido, el tribunal afirma que “el recurrente no respeta, en su argumentación, el relato de hechos probados, en el que se dice que el acusado circulaba a una velocidad ligeramente superior a la permitida, cuando invadió de forma temeraria el sentido contrario, por donde circulaba la víctima, quien al percatarse de que invadían su carril realizó una maniobra de evasión consistente en salirse por el margen derecho, la cual hubiera resultado eficaz si no fuera porque en el mismo momento el acusado realizó una extraña maniobra evasiva consistente en salir de la vía por el margen izquierdo, de forma que ambos vehículos chocaron frontalmente fuera de la vía”.

Además, reitera que “se recoge la existencia de una grave infracción del deber objetivo de cuidado, el acusado circula por encima del límite de velocidad e invade el sentido contrario de circulación, además realiza una extraña maniobra evasiva, sin que conste la existencia de circunstancias que hubieran podido dificultar la conducción o justifiquen las maniobras”. También condena al acusado a la prohibición de conducir vehículos a motor y ciclomotores por 4 años, con pérdida de vigencia del permiso e indemnizar a los familiares de la víctima, representada por la abogada Josefa Soler.

La sentencia ya es firme..

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