SEGRE

TRIBUNALES SENTENCIA

Condenados a penas de prisión por robar en una ermita de Almacelles

También lo intentaron en un camión y les han impuesto de 6 a 10 meses de cárcel || Uno agredió a una persona que le sorprendió intentando entrar en el vehículo

Vista de la ermita de la Mare de Déu de l’Olivar de Almacelles, donde ocurrieron los hechos en 2018.

Vista de la ermita de la Mare de Déu de l’Olivar de Almacelles, donde ocurrieron los hechos en 2018.MAITE MONNÉ

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La Audiencia de Lleida ha condenado a entre 6 y 10 meses de prisión a dos acusados de intentar robar en la ermita de la Mare de Deu de l’Olivar de Almacelles e intentarlo también en un camión aparcado en una gasolinera en septiembre de 2018. El tribunal confirma la pena impuesta en primera instancia por el juzgado de lo Penal 3 de Lleida por un delito continuado de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, y a uno de los condenados también le condena por un delito de lesiones al agredir al hijo del dueño del camión, que le sorprendió en el robo.

Según la sentencia, que aún no es firme, los hechos tuvieron lugar el 15 de septiembre de 2018 cuando los dos investigados se dirigieron a la ermita. Mientras uno de ellos permaneció en el interior de un vehículo haciendo labores de vigilancia, el otro acusado escaló la reja que rodeaba la ermita y, tras romper el cristal de una ventana, accedió al interior, sin llegar a apoderarse de ningún objeto al ser sorprendido por una persona.

La sentencia también considera acreditado que una hora después de estos hechos, ambos procesados se dirigieron a una gasolinera de Almacelles, golpeando la ventana de un camión que se encontraba allí estacionado para intentar acceder al interior. Sin embargo, tampoco consiguieron robar nada al ser sorprendidos por el hijo del titular del camión, quien recriminó su conducta a uno de los ladrones, que acabó golpeándole en la cara, causándole lesiones que precisaron de asistencia médica.

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La Audiencia rechaza el recurso de la defensa de uno de los acusados, que alegaba falta de credibilidad de los testigos. Sin embargo, el tribunal considera que el relato de la persona que frustró el robo en la ermita fue persistente y consistente, sin contradicciones, ya que señaló que vio a los dos acusados, uno en el vehículo y otro en la ermita, y que este último tiraba una imagen religiosa por la ventana, yéndose del lugar en un vehículo, del que facilitó la matrícula.

También describió a los dos individuos. Además de la pena de prisión, se condena a uno de los procesados por un delito de lesiones a una multa de 270 euros y a indemnizar a la víctima con 500 euros por las lesiones causadas.

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