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TRIBUNALES SENTENCIA

Quince años de prisión por un narcoasalto a tiros en Tornabous

El Supremo ratifica las condenas contra una banda criminal detenida en 2017 || El líder de la red hirió de bala a una de las víctimas y dispararon contra los Mossos

El juicio se celebró en febrero del año pasado en la Audiencia de Lleida.

El juicio se celebró en febrero del año pasado en la Audiencia de Lleida.SEGRE

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El Tribunal Supremo ha ratificado las condenas que van de los dos años a los más de 15 años de prisión para los miembros de una organización criminal por dos asaltos con armas de fuego a narcotraficantes para robarles la droga en Tornabous en 2017. En el primero de ellos una de las víctimas resultó herida al recibir un disparo en la cabeza y en el otro, abrieron fuego contra agentes de los Mossos d’Esquadra que les perseguían. El Supremo ha desestimado el recurso presentado por las defensas de cuatro de los acusados, entre ellos el líder de la banda, condenado a 15 años y nueve meses de prisión, ocho de ellos por un delito de tentativa de homicidio porque hirió en la cabeza de un disparo a un hombre durante un narcoasalto que se produjo el 15 de enero de 2017.

Los condenados ya recurrieron en primera instancia ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que ratificó el fallo de la Audiencia de Lleida. Ahora, el Supremo ha hecho lo mismo y desestima los recursos presentados por las defensas, que alegaban, entre otros motivos, que se había vulnerado la presunción de inocencia. La sentencia ya es firme.

El juicio se celebró en febrero del año pasado en la Audiencia de Lleida, que condenó a siete hombres y a una mujer, a la que impusieron dos años de prisión y una multa de 10.000 euros porque cuando la detuvieron, el 23 de febrero de 2017 en la estación de autobuses de Lleida, llevaba una maleta cargada con más de cinco kilos de marihuana. La mujer tenía la misión de llevar la droga a Suiza, donde la sustancia triplicaba su valor. Dos de los asaltos se produjeron en enero y marzo de 2017 en Tornabous.

En uno de ellos, dispararon a una víctima del asalto y en el otro, abrieron fuego contra mossos d’esquadra. El jefe de la investigación de la policía declaró que el grupo había hecho de estos asaltos “su modo de vida” y que acudían armados a los robos. El Supremo llega a la misma conclusión que la Audiencia de Lleida y el TSJC, y recuerda que “integraban un grupo constituido con la finalidad de dedicarse conjuntamente a cometer delitos de gravedad (...) con la aceptación del uso de armas en las transacciones por parte de los acusados”.

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