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TRIBUNALES FAUNA

Exculpado de matar a tiros a dos perros porque fue “proporcionado”

El Supremo confirma el archivo de la causa contra un vecino de Sarroca de Bellera || Considera que actuó de forma justificada al ser animales de raza peligrosa

Vista de los animales abatidos junto a la carretera.

Vista de los animales abatidos junto a la carretera.

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El Tribunal Supremo ha exculpado a un vecino de Sarroca de Bellera de un delito de maltrato animal después de que el investigado matara a tiros a dos perros en mayo de 2018 en este municipio del Pallars Jussà. El alto tribunal rechaza el recurso impuesto por el propietario de los canes contra la decisión de la Audiencia de Lleida, que en 2019 archivó la causa al considerar que la actuación del denunciado fue “proporcionada” y actuó “en legítima defensa” al tratarse de animales considerados de raza peligrosa. De esta forma, el Supremo avala el sobreseimiento libre de la causa al considerar que no existen indicios de que el denunciado cometiera un delito de maltrato a pesar de que el juez instructor de la causa y la Fiscalía, además de las acusaciones particular y popular, habían pedido enviar el caso a juicio.

Según el auto del Supremo, el denunciante, como así admitió durante la instrucción, disparó a los dos perros con un rifle que llevaba encima, ya que venía de cazar. Según su relato, los perros estaban atacando a un ternero y, al intentar evitarlo, se encararon con él y disparó “en legítima defensa”. Un argumento que ya aceptó la Audiencia Provincial y ahora el Tribunal Supremo, que señala en su resolución que “no hay ningún vestigio de que se diera caprichosa o sádica muerte a los perros” o que pudiera haber actuado de otra manera sin ponerse en riesgo.

Asimismo, señala que los dos perros iban sueltos y sin bozal.

Juez instructor, Fiscalía y acusaciones particular y popular habían pedido enviar el caso a juicio

Las acusaciones lamentaron el archivo de la causa por parte de la Audiencia de Lleida, al considerar que el caso debería haber ido a juicio para presentar pruebas de que no se había acreditado un “miedo insuperable”, ya que disparó a los perros, según su versión, de lado e intentó llevárselos en un vehículo tras dispararles. El auto del Supremo es firme y no cabe recurso alguno.

Un edil de Torà fue absuelto de maltrato en un caso parecido

? En un caso similar y que acabó llegando a juicio, la Audiencia de Lleida ratificó en 2016 la absolución del que fuera concejal de Torà Josep Maria Alsina después de que fuera juzgado en octubre de 2015 acusado de un delito de maltrato animal por matar a tiros a un perro abandonado en el año 2012.

El tribunal desestimó los recursos presentados por la Fiscalía, que pedía que fuera condenado a un año de cárcel y a tres de inhabilitación, y las entidades Ipcena y Associació Futur Animal, y ratificó la sentencia del juzgado de lo Penal 3 de Lleida, en la que se afirmaba que “lo queel acusado pretendía con su proceder no era maltratar al perro sino evitar un mal mayor como era una agresión a un ciudadano por parte de un animal de grandes dimensiones”. El caso generó una gran polémica.

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