TRIBUNALES SENTENCIA
Condenado a 3 años y 11 meses por intentar matar a su ex en La Seu
La Fiscalía pedía una pena de 9 años || El agresor tiró la pulsera de geolocalización para ir a casa de la mujer, a la que no podía acercarse, con un cuchillo
La Audiencia de Lleida ha condenado a tres años y 11 meses de prisión a un vecino de La Seu d’Urgell que intentó matar a su expareja tras quitarse una pulsera de geolocalización para maltratadores en agosto del año 2021. Concretamente, el tribunal le condena a tres años de prisión por una tentativa de homicidio y a otros 11 meses de cárcel por un delito de quebrantamiento de condena. La Audiencia de Lleida también le impone cinco años de libertad vigilada y no podrá acercarse a la víctima ni comunicarse con ella durante otros cuatro años.
También debe indemnizar a la mujer con 1.185 euros. En cambio, le absuelven del delito de daños. La Fiscalía solicitó una condena de nueve años de prisión y la acusación particular, 11 años y cuatro meses.
En el juicio, la víctima afirmó que “vivía en una película de terror y sentía pánico. Solo me decía te voy a matar”. Dos agentes de los Mossos d’Esquadra explicaron que el hombre les confesó que había intentado matar a su expareja y que lo volvería a hacer.
La patrulla acudió al domicilio de la mujer, que había llamado porque su ex estaba intentando acceder al piso armado con un cuchillo de 19 centímetros de hoja y 14 de mango y una pata de cabra. “Estaba alterado. Al vernos, empezó a decir en bucle que había fallado, que a la tercera iba la vencida y que cuando saliera de prisión la mataría”.
En este sentido, el tribunal considera acreditado que el acusado tenía la intención de matar a la mujer.En cambio, el hombre, que está encarcelado, afirmó que “nunca había sido pareja de la mujer, nunca le había hecho daño. Fui a su casa porque no estaba bien”. Cuando ocurrieron los hechos, el hombre ya había quebrantado una orden de alejamiento con anterioridad y desde entonces llevaba una pulsera de geolocalización.
Para evitar que saltara la alarma, según se ha considerado probado, se dirigió primero a una zona montañosa y sin cobertura para cortar el dispositivo con el cuchillo y después se dirigió al domicilio de la víctima.La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).