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MEDIO AMBIENTE TRIBUNALES

Ecologistas litigan contra una granja y les condenan a pagar por el juicio

El TSJC rechaza su recurso y les exige liquidar hasta 3.000 euros en costas judiciales

Terneros criados en una granja del Segrià.

Terneros criados en una granja del Segrià.SEGRE

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado un recurso que la Federació d’Ecologistes en Acció de Catalunya interpuso contra la ampliación de una granja de aves y cerdos en Castellserà que la Generalitat autorizó en 2021. La sentencia, del pasado mes de mayo, no se limita a desestimar los argumentos de la entidad conservacionista, sino que además la condena a pagar las costas que ha supuesto el proceso judicial hasta un máximo de 3.000 euros. Esta resolución judicial ha sorprendido a los demandantes (ver deslgose).

La legislación española impone el pago de costas judiciales al demandante cuando todas sus pretensiones son rechazadas durante el proceso. En este caso, el TSJC ha desestimado cada uno de los argumentos que presentaron los ecologistas para reclamar la anulación de los permisos de ampliación de esta granja en el Urgell. La entidad conservacionista alegó que el proyecto carecía de de estudios e informes que, según el TSJC, sí constaban en el expediente, como por ejemplo cálculos de distancia respecto a otras explotaciones ganaderas y mediciones para determinar su impacto acústico.

La sentencia rechaza también que el estudio de impacto ambiental fuera “insuficiente”, tal como afirmaban los ecologistas, y descarta este argumento al considerar que “carece de soporte probatorio alguno”. “No se ha practicado prueba alguna para demostrar tal insuficiencia”, recalca.El recurso de la entidad ecologistas afirmaba que el proyecto planteaba ampliar la granja cerca de un canal y valoraba que esto suponía un grave riesgo de contaminación de las aguas por nitratos de las deyecciones animales. Sin embargo, la sentencia cita un informe de la Agència Catalana de l’Aigua (ACA) en el que este organismo da su visto bueno.

Otro argumento del recurso era considerar que el proyecto no se ajustaba a los planes de protección del medio natural y del paisaje de la Generalitat, ni tampoco con la normativa que regula las actividades en espacios naturales protegidos declarados PEIN e incluidos en la Red Natura. Al respecto, la sentencia apunta que un informe del año 2018 “concluye con su compatibilidad con los valores naturales”.

“Esta decisión no se entiende, defendemos el medio ambiente”

El presidente de la Federació d’Ecologistes en Acció de Catalunya y portavoz de la entidad leridana Ipcena, Joan Vàzquez, explicó que el recurso contra la autorización de la granja tuvo su origen en una petición de ayuda de una asociación del Urgell.

Afirmó desconocer la sentencia del TSJC y se mostró sorprendido ante la condena en costas. “No se entiende que desestimen el recurso en un momento de colapso de ganjas y cuando esto provoca problemas de contaminación de los acuíferos y atmosférica”, dijo. “Y menos aún que nos condenen en costas, algo que supone una amonestación, cuando trabajamos en defensa del medio ambiente”, recalcó.

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