Un juzgado perdona una deuda de 120.000 euros a dos vecinos de Alcoletge por una derrama de un piso y una hipoteca
El vivienda que tenían fue ejecutada, subastada y adjudicada a una sociedad de una entidad bancaria, pero se les exigió que hiciera frente a la deuda que no quedó cubierta
El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Lleida ha perdonado una deuda de 120.843 euros a dos vecinos de Alcoletge –62.272,85 euros al hombre y 58.571,35 euros a su exmujer– los cuales se vieron inmersos en una situación de insolvencia originada por dos importantes derramas extraordinarias de la comunidad de vecinos de un piso en propiedad. Según han explicado sus abogados, el piso se adjudicó posteriormente a una sociedad perteneciente a una entidad bancaria tras negarles la dación en pago y les exigieron la deuda que no quedó cubierta por lo obtenido en la correspondiente subasta. En este sentido, el juez aplica la Ley de la Segunda Oportunidad a los dos vecinos de Alcoletge, defendidos por Bergadà Asociados y, por lo tanto, les exonera del pasivo insatisfecho.
Según ha explicado el despacho de abogados, en el año 2014 la familia decidió trasladarse de una localidad madrileña, donde vivían en un piso en propiedad hipotecado, a Alcoletge para mejorar su calidad de vida y aumentar sus ingresos. Así, dado que la vivienda de la localidad leridana era de alquiler, la pareja decidió alquilar el piso en propiedad por 400 euros al mes, pese a que la cuota hipotecaria ascendía a 600 euros mensuales "De hecho, tardamos un año en alquilarlo y, por eso, tuvimos que poner un precio inferior al que nos hubiera gustado", comenta la mujer. De este modo, y teniendo en cuenta que tan sólo tenían el suelo del hombre, ambos se esforzaron al máximo por cubrir los gastos de alquiler de su domicilio de Alcoletge, la hipoteca del piso en la localidad madrileña y sus gastos básicos y los de sus hijos. La situación se complicó en 2015 cuando la comunidad de propietarios de la vivienda madrileña aprobó dos derramas en pocos meses de diferencia que ascendían a casi 4.000 euros, una carga financiera que resultó imposible de asumir por la pareja. "La segunda fue una sorpresa, ya que a los vecinos que vivíamos fuera no se nos consultó nuestra opinión, pese a que no habíamos podido ir a la reunión", indica la mujer.
Además, en ese momento ella estaba desempleada, ya que cuidaba los dos hijos menores de edad. Así, los ingresos familiares fueron insuficientes para hacer frente a la hipoteca y los gastos adicionales, lo que les obligó a recurrir a préstamos y tarjetas de crédito para poder subsistir. A pesar de sus esfuerzos, y ante la situación crítica, intentaron una unificación de los créditos, pero la entidad bancaria se lo negó. De hecho, ya no podían seguir asumiendo las cuotas hipotecarias. "Todo se iba complicando cada vez más, porque nosotros queríamos pagar lo que debíamos, pero no había manera. Y me dolió que siempre estuviéramos al día con el banco a la hora de abonar la hipoteca y cuando más necesitamos su ayuda nos la denegaron", comenta él.
En 2019 la pareja se divorció. "Todo aquello acabó pasando factura a nuestra relación", remarca el hombre. Como parte del acuerdo del divorcio, el hombre se comprometió a pagar una pensión alimenticia mensual y a compartir los gastos básicos de sus hijos a partes iguales. Además, se estableció una pensión compensatoria para la mujer, ya que seguía desempleada y se encargaba del cuidado de sus hijas.
Después del divorcio intentaron una dación en pago de su vivienda madrileña, pero esta solicitud fue rechazada. "No teníamos casi ni para comer y ante esa situación un abogado, que nos asesoró muy mal, nos dijo que dejáramos de pagar y solicitáramos la dación en pago, pero también se nos negó", comenta la mujer. En el mismo año recibieron un aviso de un Juzgado de Madrid informándoles que su vivienda había sido adjudicada a una sociedad perteneciente a una entidad bancaria y que aún quedaba una deuda hipotecaria pendiente de aproximadamente 46.000 euros, sin tener en cuenta los posibles intereses acumulados y los costos judiciales.
La situación se volvió totalmente insostenible a pesar de los esfuerzos y los negociados con las entidades financieras. Incluso, con el objetivo de dividir los gastos a la mitad, decidieron seguir compartiendo la misma residencia de Alcoletge durante un tiempo. "No fue una decisión fácil, pero no teníamos más remedio, ya que era imposible tirar adelante y nuestros pequeños son nuestra gran prioridad", indica el hombre. "La familia se encontraba en una situación que ya no sabía cómo hacer frente a sus deudas, que les impedía llevar una vida cotidiana normal", explica la abogada que ha llevado el caso y socia fundadora de Bergadà Asociados, Marta Bergadà.
Fue en septiembre del año pasado cuando la mujer leyó en la prensa una noticia en la cual a un cliente de Bergadà Asociados se le había perdonado una deuda gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad. "Había escuchado sobre la Ley de la Segunda Oportunidad, pero había abogados que se publicitaban que no me daban ninguna confianza. Al leer esa noticia se la mandé a mi exmarido y decidimos dar el paso", indica la mujer.