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Reclaman una herencia social que se apropió una mujer

Entidades de Tàrrega que debían recibir 220.000 euros

Una sobrina de la donante se los quedó y ha sido condenada

El judici es va celebrar l’abril de l’any passat a l’Audiència.

El juicio se celebró en abril del año pasado en la Audiencia. - A. GUERRERO

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Nueve entidades de Tàrrega –Congregació Pares Carmelites, Creu Roja, Associació de Dones Arrel, Associació Capella de Música, Associació de Familiars de Malalts d’Alzheimer, Càritas, Associació Amics de l’Arbre, Orfeó Nova Tàrrega y Centre Cultural–, el ayuntamiento y dos vecinas de la capital del Urgell todavía no han recibido parte alguna de la herencia que les legó una vecina que falleció en el 2009. Por estos hechos, fue condenada por apropiación una sobrina de la donante por la Audiencia de Lleida. No han cobrado porque la sentencia todavía no es firme y ha sido recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).

El tribunal leridano condenó en mayo del año pasado a la mujer a indemnizar con 220.000 euros a varias entidades sociales que debían recibir parte de la herencia de su tía fallecida. Aunque solo doce de los afectados reclamaron el dinero, el tribunal consideró que se debe repartir 220.000 euros entre los 26 legatarios que figuraban en el testamento que la tía firmó ante notario el 4 de agosto de 2008. Al parecer, el juzgado ya le ha retenido alrededor de 180.000 euros pero la acusación particular ha reclamado el embargo cautelar de su patrimonio porque calculan que, con los intereses, la indemnización final puede ascender a unos 300.000 euros. De momento, las entidades siguen sin haber percibido ninguna cantidad a los 15 años de la muerte de la mujer. La sobrina fue condenada a pagar una multa de 5.400 euros por un delito de apropiación indebida. Sin embargo, la acusación particular, ejercida por Lluís Padullés, recurrió la sentencia ante el TSJC –la Fiscalía también se adhirió– para solicitar una petición de seis años –como ya hicieron ante la Audiencia de Lleida– al considerar que la acusada es autora de un delito continuado de apropiación indebida. La sección civil de la Audiencia determinó en el año 2019 que la voluntad de la testamentaria era que el dinero procedente de depósitos, valores y activos debía ser legado a las entidades legatarias.

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