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LLEIDA

El TSJC otorga el complemento por maternidad a un jubilado leridano

La Seguridad Social se lo había denegado al tramitarlo cinco años después de acceder a su prestación

El tribunal recuerda la reciente jurisprudencia europea

Imatge del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya.

Imagen del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha otorgado el complemento de maternidad a un leridano jubilado al denegar el motivo que planteaba la Seguridad Social, que defendía que había prescrito el plazo para solicitar este derecho. De esta forma, el tribunal confirma la sentencia dictada en primera instancia por el Juzgado de lo Social 2 de Lleida, que ya estimó la demanda del jubilado, y obliga a reconocerle un complemento del 5% con carácter retroactivo desde septiembre de 2016. Según el fallo, el demandante, de 72 años, le fue reconocida una pensión de jubilación en septiembre de 2016. En octubre de 2022, solicitó el complemento de pensión por maternidad al tener dos hijos, que le fue denegado por parte de la Seguridad Social por haber transcurrido cinco años desde la fecha de jubilación y haber prescito. 

El Juzgado de lo Social de Lleida estimó su reclamación para cobrar dicho complemento, decisión ahora ratificada por el TSJC, al considerar que no ha prescrito el derecho al complemento, pues el cómputo del correspondiente plazo no comenzó hasta que se dictó, el 12 de diciembre de 2019, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que estimó discriminatorio excluir a los hombres de su reconocimiento. Asimismo, el TSJC recuerda la reciente sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en la que se revolvió un recurso de casación para unificación de doctrina, y en la que estableció la no prescripción del derecho de un trabajador a cobrar en su pensión de jubilación el complemento de maternidad pese a solicitarlo cinco años después de que le fuera concedida la pensión. 

En este sentido, la sentencia añade “que los varones no pudieron adquirir pleno conocimiento de un derecho que la literalidad de la norma les negaba hasta la fecha de la referida sentencia, por lo que con anterioridad a la misma no podía comenzar, en ningún caso, plazo de prescripción alguno”.

Más de 7.500 personas cobran este complemento en la provincia

■ Inicialmente, este complemento por aportación demográfica, puesto en marcha en 2015, solo podían percibirlo las mujeres. Sin embargo, en diciembre de 2019, el TJUE declaró que también debían cobrarlo los hombres al considerar que su exclusión era discriminatoria. Entonces, el complemento por aportación demográfica fue reformado y cambió su denominación a complemento para la reducción de la brecha de género. A 1 de junio de 2024, según los datos del ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, había un total de 7.529 pensiones de jubilación en las comarcas leridanas que contaban con este complemento, un 46% más respecto al mismo periodo del año pasado. A nivel estatal, solo el 10% de los beneficiarios son hombres.

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