SEGRE

VILANOVA DE L’AGUDA

El helicóptero estrellado en la Noguera no tenía ningún permiso para volar

Según el informe de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación Civil

Agents de la Unitat Tècnica de Seguretat Aèria dels Mossos d’Esquadra es van fer càrrec de la investigació a Vilanova de l’Aguda.

Agentes de la Unidad Técnica de Seguridad Aérea de los Mossos d’Esquadra se hicieron cargo de la investigación en Vilanova de l’Aguda.

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El helicóptero que se estrelló el 9 de mayo en Vilanova de l'Aguda, que se saldó con dos heridos graves, no estaba registrado ni podía volar al no disponer de certificado de Aeronavegabilidad, según la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación Civil del ministerio de Transportes. Estas infracciones pueden acarrear importantes sanciones.

“Aunque el helicóptero llevaba una matrícula grabada en su fuselaje no estaba inscrita en ningún registro de matrícula de aeronaves, ni disponía de Certificado de Aeronavegabilidad”. Así de contundente termina la investigación preliminar de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil, dependiente del ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en relación al accidente de la aeronave que se estrelló el pasado 9 de mayo en Vilanova de l’Aguda y en el que dos personas, una de ellas su dueño y piloto, resultaron heridos de gravedad. Es decir, un helicóptero pirata. Por un lado, no estaba registrado y, por el otro, carecía del Certificado de Aeronavegabilidad, que es el documento que acredita que la aeronave a la que hace referencia, se encuentra en condiciones de volar al cumplir con ciertos requisitos de seguridad, por lo que presumiblemente sus responsables deberán hacer frente a expedientes sancionadores.

Concretamente, el informe detalla que “se trata de una aeronave Robinson R44 con matrícula HB-ZII” que resultó ser que no estaba inscrita y tipifica la operación de “ilegal”. Añade que los propietarios del helicóptero “efectuaban un vuelo local visual desde la finca de uno de ellos en Vilanova de l’Aguda. De acuerdo con sus testimonios, a los 20 minutos de vuelo el helicóptero presentó vibraciones en el mástil y tuvieron que efectuar un aterrizaje de emergencia”. Así, la aeronave impactó contra el suelo “con alta velocidad vertical y bajas revoluciones en el rotor principal en un terreno sembrado de cereal verde. Se desplazó hacia adelante 5 metros, giró 180º a su izquierda y volcó sobre su lateral derecho. No se produjo incendio. Ambos ocupantes sufrieron lesiones graves, pero pudieron avisar a los servicios de emergencia con sus llamadas de teléfono”. Tras el siniestro, agentes de la Unidad Técnica de Seguridad Aérea de los Mossos d’Esquadra se hicieron cargo de la investigación. Los servicios de emergencias recibieron el aviso a las 15.21 horas después de que uno de los ocupantes pudiera alertar al 112 tras accidentarse a escasos cien metros de la masía Cal Valls.

El siniestro evoca la tragedia del ‘frankenstein volador’ de Torallola

“Dudas sobre la causa última” y “dudas que debe calificarse como relevantes, que resultan imposibles de despejar”. Esas enigmáticas frases, que desataron intensos procesos emocionales pese a carecer de intencionalidad poética, son la costura a partir de la que se tejió el manto de impunidad que acabó cubriendo la tragedia aérea de Torallola, el siniestro en el que murieron ocho personas al estrellarse un helicóptero en esa localidad del Pallars Jussà el 14 de junio de 2002. Ni al dueño de una aeronave floja de papeles y construída con piezas de desguace y/o de museo, entre las que destacaba un rotor de cola fuera de lugar, ni tampoco a los responsables de su mantenimiento les asignaron los tribunales ningún tipo de responsabilidad en hechos como que despegara o se estrellara algo parecido a un frankenstein volador (por los retales) cuyos servicios había contratado una compañía eléctrica para revisar el riesgo de incendio de sus tendidos. La conclusión es del Juzgado de lo Penal número 1 de Lleida, cuyo criterio avaló la Audiencia Provincial. Poco después, la Audiencia Nacional resolvía, en línea con un dictamen del Consejo de Estado, que tampoco la Administación ante cuyas narices operaba la aeronave tuviera ninguna responsabilidad en que eso hubiera llegado a ocurrir, por más que sí dictaminara que la historia incluía irregularidades y errores de control. La impunidad del accidente equivale a bendecir, por la vía de las absoluciones, el nacimiento, la vida y el catastrófico ocaso del engendro; y también, obviamente, las sangrientas consecuencias que incluyó el tercer acto. Las familias de los fallecidos sí llegaron a recibir indemnizaciones (unos 150.000 euros) de una compañía de seguros, en el único reconocimiento de que alguien había obrado de manera improcedente.Una de las ocupantes del helicóptero estrellado en Torallola era la entonces delegada territorial de Industria, Divina Esteve. En el que se cayó en Vilanova de l’Aguda volaba el exalcalde de Ribera d’Urgellet (Alt Urgell) entre 1991 y 2015, Antoni Capdevila, ahora establecido en Andorra.

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