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LLEIDA

Siete años de cárcel para un leridano por llevar cocaína como “mula”

Fue interceptado en el aeropuerto de El Prat con 59 cilindros de droga que había ingerido y otros 18 en los bolsillos

Viajaba desde la Guayana Francesa

Imagen de archivo de un avión en el aeropuerto de El Prat. - EFE

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La Audiencia de Barcelona ha condenado a siete años de prisión a un leridano por transportar cocaína como “mula” tras ser interceptado en 2022 por la Guardia Civil en el aeropuerto de El Prat. Los agentes lo localizaron una vez había aterrizado procedente de la Guayana Francesa, tras pasar por París, con 59 cilindros que contenían esta droga en su organismo después de haberlos ingerido y otros 18 envoltorios que llevaba en los bolsillos. En total, le intervinieron más de un kilo de cocaína, cuyo valor alcanza los 78.900 euros en el mercado clandestino.

A siete años de prisión también es condenado otro leridano como cómplice, ya que la Audiencia considera probado que fue el encargado de organizar y supervisar el viaje del primero de ida y vuelta desde Barcelona hasta la Guayana Francesa, con escala en París, para cargar la cocaína y transportarla hasta España. Según la sentencia de la Audiencia, los agentes le intervinieron mensajes de WhatsApp en los que le había enviado al otro condenado los billetes de avión y la reserva de alojamientos, además de asegurarle financiación. Asimismo, también se enviaron mensajes de audio durante el viaje. El acusado de transportar la droga declaró en el juicio que había viajado a su país porque había conocido a una mujer por internet y que esta, cuando ya regresaba a España, le pidió si podía llevarse unas sustancias y que le dijo que eran tintes para el pelo. También dijo que la mujer no las enviaba por correo porque retenían el envío en la aduana. Asimismo, también declaró que, cuando se negó, un hermano de esta mujer le amenazó con una pistola y que se tragó los “paquetitos” por miedo. La Audiencia de Barcelona considera que esta declaración es “absolutamente inverosímil” y que no existe ningún dato que corrobore su versión. Además, señala que en las conversaciones entre los dos condenados hablaban de la ingesta de bolas. Por este motivo, condena a ambos a siete años de prisión y al pago de una multa de 150.000 euros para cada uno. Pena que sustituye por la expulsión de territorio español durante cinco años, al restar el periodo que han pasado en prisión preventiva. La sentencia aún no es firme.

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