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La presidenta del Supremo dictaminó sobre el aeropuerto, el cava y el reciclaje en Lleida

Isabel Perelló fue ponente de la sentencia que obligó a respetar el área de seguridad de Alguaire. Dejó a Nalec y Ciutadilla fuera de la DO del Cava e intervino en un pleito millonario sobre subvenciones

Perelló mantuvo en vigor las medidas de seguridad y ordenó al Gobierno corregir los errores formales. - EFE

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La nueva presidenta del Tribunal Supremo y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Isabel Perelló, resulta ser cualquier cosa menos una desconocida para numerosas administraciones y empresas de Lleida, ya que en los quince años que ha estado adscrita a la Sala Tercera del máximo órgano judicial del Estado, la que resuelve los pleitos de la jurisdicción contencioso administrativa, ha intervenido como magistrada en la tramitación de algunos asuntos notorios.

Perelló, primera mujer que ocupa esos cargos desde la creación de las instituciones hace 112 y años, ha sido la ponente de algunas de esas sentencias, es decir, la magistrada que ha elaborado el criterio que después, en la mayoría de los casos sin votos discrepantes, ha asumido el resto del tribunal.

Así ocurrió, por ejemplo, en la disparatada demanda con la que el Gobierno de Aragón pretendía, en tiempos del ejecutivo PP-Par de Luisa Fernanda Rudi, lograr la nulidad del real decreto que establecía las llamadas “servidumbres aeronáuticas” del aeropuerto de Alguaire, es decir, las medidas de seguridad en cuanto a edificaciones, emisión de ondas y anidamientos de aves que deben respetarse en los municipios situados en el área de influencia del aeródromo, entre los que hay ocho de la Llitera y dos del Cinca Medio.

Perelló, que ya había rechazado antes en un auto suspender “la eficacia” del decreto “dadas las evidentes perturbaciones que de tal medida se generarían para el interés general”, asumió en la posterior sentencia el error de bulto que contenía la norma, según la cual la Generalitat pasaba a tratar directamente asuntos de urbanismo con ayuntamientos oscenses. Sin, embargo, decidía “mantener, excepcional y provisionalmente, la eficacia de las servidumbres” y de “las medidas de control impuestas” mientras el Gobierno, como hizo posteriormente, rectificaba el error formal en otro decreto.

Antes, en 2011, el Supremo rechazaba en otra sentencia de la que era ponente Perelló que dos municipios del Urgell como Nalec y Ciutadilla pudieran formar parte de la denominación de origen (DO) del Cava, una posibilidad que había rechazado el ministerio de Agricultura en 1992 y también en 2008.Los consistorios denunciaban que ambos términos quedaron fuera de la DO ya en los años 70 pese a “su real producción” en ellos y a que “las grandes empresas de cava requerían las uvas provenientes” de allí. Sin embargo, “no han aportado elementos específicos respecto de sus anteriores solicitudes”, concluye la sentencia.

La presidenta del Poder Judicial rechazó también suspender la vigencia de una orden de Industria que obligaba a la empresa SAVA a devolver 4,84 millones de euros que había recibido como primas por el funcionamiento de su planta de tratamiento de purines de Miralcamp al considerar que, en todo caso, eso debía proponérselo al ministerio cuando le girara las liquidaciones.

En la sentencia, que declaró el derecho de la empresa a ser indemnizada por las pérdidas que le generó la aplicación de la orden, Perelló firmaría un voto particular en el que sostenía que tanto esta como el decreto del que se derivaba debían haber sido declarados nulos.

Por último, la empresa Ramon Vilella logró que la Sala Tercera del Supremo anulara la sanción de 147.280 euros que le había impuesto la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) por una serie de presuntas irregularidades en la retirada y tratamiento de residuos de papel y cartón. Concluyó que el modo en que la CNMC había accedido a la información fue ilegal.

Quince años en la sala que vigilará el despliegue de las renovables

La designación como miembro del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), a la que siguió su reciente nombramiento como primera presidenta de ese organismo y del Supremo, va a eximir a Isabel Perelló de intervenir en algunos de los pleitos administrativos de mayor enjundia relacionados con Lleida que van a resolverse en los próximos años. Entre ellos destacan los relacionados con el despliegue de los parques de energía de fuentes renovables y las líneas de Muy Alta Tensión (MAT) que se diseñan para transportar hasta Barcelona y su cinturón la producción de Aragón a través del Segrià, les Garrigues y el Pallars (más información en página, y que ahora se encuentra en el TSJ de Madrid 12). La sección tercera de la Sala Tercera del Supremo, a la que estaba adscrita la magistrada desde 2009, chequea las resoluciones de, entre otros, los ministerios de Transición Ecológica, Industria y Transportes y de los principales supervisores, como la CNMC, la CNMV, el Consejo de Seguridad Nuclear, el Banco de España, el FROB, la Agencia Estatal de Protección de Datos o el Consejo de Transparencia.

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