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El dilema del jurado del crimen de Les Borges: ¿Homicidio o asesinato?

El lunes se encerrará a deliberar tras cinco días de juicio. De su veredicto dependerán los años de la condena, con un máximo de 25, que fijará la Audiencia

La fiscal Pilar Mesalles y los letrados Daniel Ibars y Andrés Zapata, ayer en la Audiencia. - IGNASI GÓMEZ/ACN

Lleida

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El jurado popular que juzga el crimen de Les Borges Blanques el 9 de octubre de 2022 deliberará y dará su veredicto el próximo lunes sobre si J.G.G., el autor confeso de la muerte de Karol Mrizo, debe ser condenado por un delito de homicidio o por uno de asesinato y si se le deben aplicar algún atenuante. No es un tema baladí, ya que la pena de prisión que, posteriormente, le imponga la presidenta la Audiencia de Lleida variará de manera notable. Se enfrenta a un máximo de 25 años, que es lo que pide la familia de la víctima, representada por el abogado Daniel Ibars, por un delito de asesinato. La Fiscalía hace una petición de 20, también por el mismo delito. En cambio, la defensa lo considera un homicidio con las circunstancias atenuantes de confesión y legítima defensa.

Ayer se celebró la quinta sesión de un juicio que empezó el lunes. Fue el turno de los informes y conclusiones del Ministerio Público, la acusación particular y la defensa. Durante cerca de dos horas la fiscal Pilar Mesalles y los letrados Daniel Ibars y Andrés Zapata (abogado defensor) expusieron, sirviéndose de su dilatada experiencia y dotes de oratoria, sus respectivos argumentos para convencer con sus tesis a los 11 miembros del jurado, seis hombres y cinco mujeres (dos de ellos suplentes), que a lo largo de esta semana han hecho un máster de derecho penal. Porque en este caso no se juzga si el acusado es autor o no. Básicamente lo que se juzga la intención que tenía cuando atacó a la víctima.

La fiscal Mesalles incluso hizo un símil taurino sobre cómo se produjo la agresión. “Lo atravesó de una parte a otra, clavándole prácticamente toda la hoja. Como se diría en la jerga de la tauromaquia: entró a matar. Fue un ataque por sorpresa. La víctima no tenía nada en sus manos y no se podía defender”. Es decir, hubo alevosía, por lo que cree que se debe considerar como un asesinato. En el mismo sentido hizo su exposición Ibars. “Hubo alevosía y se cumplen los tres requisitos: fue un ataque sorpresivo, hubo indefensión de la víctima y el arma utilizada era letal”. Además, recordó que “el cuchillo se dobló por la fuerza que le imprimió”. También trató de desmontar los argumentos de la parte contraria. “Si actuó en legítima defensa, ¿por qué huyó del lugar?”, sentenció. En cambio, Andrés Zapata argumentó, entre otros aspectos, que “en este juicio ha quedado acreditado que actuó en defensa propia, porque la víctima amenazó a toda su familia con matarlos. Y la confesión es clara”. También recordó al jurado el principio jurídico in dubio pro reo, es decir, que en caso de duda se debe favorecer al acusado.

Las claves

Último turno de palabra. En su último turno de palabra, el autor confeso volvió a pedir “perdón” a los familiares y reiteró que “no tenía la intención de matar”. 
Cuchillo jamonero. El arma homicida es un cuchillo jamonero que tenía 36 centímetros de hoja. La policía científica halló sangre de la víctima hasta los 32 centímetros. 
Horquilla de pena. La máxima será 25 años, pero la mínima puede ser mucho más baja si se considera que es homicidio y se aplican las atenuantes de confesión y legítima defensa.

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