COMARCAS
El piso turístico en el Pallars Jussà arrolla al residencial
Dos noches en el Jussà cuestan de 164 a 562 euros cuando el arriendo medio para vivir se sitúa en 409 mensuales. El ayuntamiento de Talarn se suma a las restricciones frente a los HUT
La restrictiva normativa del ayuntamiento de Talarn para frenar la proliferación de los HUT, los pisos de uso turístico, ya se encuentra en vigor después de un prolongado proceso de tramitacion iniciado hace más de un año.
El municipio pallarés, de 591 habitantes, situado en la entrada del Pirineo y que cuenta con atractivos turísticos como las actividades acuáticas del embalse de Sant Antoni, se suma así al grupo de ayuntamientos leridanos, principalmente del Pirineo como Sort, Rialp o la Vall de Boí, que han regulado la actividad del alquiler de vivienda para usos vacacionales, que en este caso resulta ser una de las más retrictivas: solo los vecinos de verdad podrán abrirlos y las licencias no serán transmisibles.
Esta actividad hostelera, que a menudo se desarrolla al margen de las exigencia tributarias y de supervisión administrativa, reporta elavados ingresos a los propietarios (un HUT para dos noches de este fin de semana en el Pallars Jussà sale por entre 164 y 562 euros), aunque, al mismo tiempo, extrae viviendas del mercado residencial y tira al alza de los alquileres, que a mediados de este año ya se situaban, para un piso medio, en 409 euros mensuales en la misma comarca en la que cinco años antes ese indicador estaba en 309, según los datos del departamento de Territorio de la Generalitat.
Es decir, que en un fin de semana se pueden obtener con una HUT más ingresos que en un mes con un piso de alquiler en el Pallars Jussà.
Esa tendencia inflacionista, que tiene entre sus efectos secundarios el de dificultar la llegada a la zona de personas que puedan incorporarse a las plantillas de empresas, tanto en el sector privado como en el público, por la carestía de la vivienda, es el motivo fundamental que ha llevado a los ayuntamientos a intentar poner coto a la proliferación de los HUT en los cascos urbanos de sus municipios.
En el caso de Talarn, la expedición de licencias para explotar HUT queda limitada a tres por año en el municipio, una restricción a la que se le añade la exigencia de que los solicitantes lleven al menos dos años empadronados en el pueblo de manera consecutiva y, además. puedan probar que se trata de una “residencia efectiva” más allá de la meramente nominal.
A eso se le añade la obligación de “ostentar una cuota mínima de propiedad del 50% sobre el inmueble que se pretende destinar a uso turístico”, y que ese dominio haya existido “durante al menos los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud de la actividad”.
La emisión de los permisos para operar en ese sector incluye otras limitaciones como que no se pueda conceder más de uno por persona y año, a lo que se suma la prohibición de transmitir las licencias.
Este último aspecto permite, en el caso de Talarn y junto con el carácter nominativo y personal de las licencias, evitar una triquiñuela habitual en sectores como el ganadero, donde los permisos a menudo se ponen a nombre de empresas para disponer de capacidad de maniobra para transmitir la propiedad de la empresa sin modificar la titularidad de sus activos.