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Reconocen el complemento de maternidad a un leridano

El TSJC obliga a la Seguridad Social a pagarle este plus en su pensión de jubilación. Le había sido denegado por prescripción

Vista de la sede de los juzgados de Lleida en el Canyeret. - SEGRE

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha vuelto a dictar una nueva sentencia en la que reconoce a un jubilado leridano su derecho a percibir el complemento por maternidad. De esta forma, rechaza un recurso presentado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, que recurrió el fallo estimatorio del Juzgado de lo Social 2 de Lleida. El INSS volvía a esgrimir, como ya ha hecho en otros casos, que la petición estaba fuera de plazo.

Sin embargo, en su sentencia, el TSJC recuerda la unificación de doctrina que hizo el año pasado el Tribunal Supremo, en la que estableció la no prescripción del derecho de un trabajador a cobrar en su pensión de jubilación el complemento de maternidad pese a solicitarlo cinco años después de que le fuera concedida su pensión. De esta forma, el TSJC reconoce al jubilado leridano, y con dos hijos, su derecho a percibir un complemento del 5% desde abril de 2016.

El año pasado un juzgado ya obligó al INSS a pagar 1.800 € a un leridano por tener que ir a los tribunales

Cabe recordar que el pasado octubre, el Juzgado de lo Social 1 de Lleida condenó a la Seguridad Social a indemnizar a un jubilado leridano con 1.800 euros al obligarle a ir a los tribunales para lograr el complemento de maternidad al que tenía derecho. Según la sentencia del tribunal leridano, el demandante llegó a reclamar el plus de maternidad por la vía administrativa en dos ocasiones y el INSS se lo denegó alegando una prescripción que el Supremo también había anulado en estos casos. De esta manera, los jubilados que han tenido que recurrir a la vía judicial para que se les reconozca su derecho al plus de maternidad en sus pensiones podrían reclamar una indemnización si hay discriminación. Según el fallo, es “notorio el impacto moral”, ya que el demandante se vio “compelido a ejercitar su derecho ante los tribunales”.

Un mes después de esta sentencia, el TSJC volvió a reconocer el derecho de un pensionista leridano a percibir el complemento de maternidad pese a la denegación de la Seguridad Social alegando prescripción. Ya se han dictado múltiples sentencias de este tipo.

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