LA SEU
El ayuntamiento de La Seu d'Urgell, condenado a pagar 68.249 euros por el ruido de un pub
Debe indemnizar por daños morales a una pareja que vivía encima por las molestias durante cinco años
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Imagen de archivo del local, situado en la calle Mare Janer. - C. SANS
El juzgado Contencioso número 1 de Lleida ha condenado al ayuntamiento de La Seu d’Urgell a indemnizar con 68.249,46 euros a un matrimonio de la localidad por los daños morales causados por no detener los ruidos nocturnos continuados –del verano de 2013 hasta el verano de 2018– que procedían de un pub situado debajo de su vivienda en la calle Mare Janer. La jueza estima la demanda de responsabilidad patrimonial interpuesta por los afectados, representados por Esther Sancho, del Despatx Simeó Miquel, y considera, en una sentencia del pasado lunes, que “la actividad del establecimiento público de debajo del domicilio de los actores, pese a sus continuas denuncias, no fue objeto de una adecuada y eficaz actuación municipal que evitara la inmisión de ruidos en su ámbito personal de intimidad”. Argumenta que “el ruido, en la sociedad de nuestros días, puede llegar a representar un factor psicopatógeno y una fuente permanente de perturbación de la calidad de vida de los ciudadanos”.
La letrada Esther Sancho explica que la sentencia “acredita que en su día el consistorio, sabiendo de la situación de la falta de aislamiento del local, de la falta de control periódico, del incumplimiento reiterado de horarios y del hecho de que incluso se había manipulado el limitador de sonido por parte del titular del pub, impuso multas irrisorias que no disuadieron al establecimiento de proseguir con los incumplimientos”. Además, el matrimonio afectado tuvo que interponer un primer recurso contencioso por la vía de protección de los derechos fundamentales para conseguir el cierre del local, al que siguió un segundo pleito en reclamación de daños y perjuicios, puesto que el anterior consistorio no quiso reconocer la indemnización en vía administrativa a la que tenían derecho, explica la abogada.
Los afectados, ya jubilados, vivieron más de cuatro años sin descanso nocturno durante seis días a la semana, no pudiendo llevar a los nietos a la vivienda ni hacer vida normal. Además, la mujer tuvo que recibir tratamiento médico en el Arnau de Vilanova, con los correspondientes desplazamientos desde La Seu, por el agravamiento de una psoriasis dada la angustia y la sensación de impotencia.
En base a este razonamiento, la jueza ha fijado unos daños morales de 6.000 euros anuales para cada uno de los dos afectados que, multiplicados por cuatro años, 10 meses y 13 días de exposición continuada a ruido en su domicilio, ha dado lugar a la condena de 68.249,46 euros, con intereses incluidos. La sentencia no es firme y se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya. Sin embargo, según la letrada, el actual consistorio ha verbalizado a los afectados que la acatará.