TRIBUNALES
Exculpado el cura de Alcarràs y Butsènit acusado de estafa por una feligresa
El juez no ve indicios de delito en unos donativos

Imagen de la iglesia de Alcarràs - BISBAT DE LLEIDA
El juzgado de Instrucción número 1 de Lleida ha archivado provisionalmente la causa por un supuesto delito de estafa contra el párroco de Alcarràs y Butsènit tras la investigación que se le abrió después de que una feligresa la denunciara ante los Mossos d’Esquadra manifestando que había sido engañada por el sacerdote para que le hiciera una donación, como avanzó SEGRE en diciembre de 2023. El religioso ha estado representado por Marc Cervós, abogado de Cudós Consultors.
El juez argumenta, en el auto al que ha tenido acceso este periódico, que “atendidas las diligencias practicadas, no se aprecia la concurrencia de los elementos integradores del delito de estafa” y recuerda los requisitos para incurrir en esta infracción penal: engaño precedente o concurrente; engaño bastante; error en el sujeto pasivo; acto de disposición patrimonial; ánimo de lucro; y nexo causal entre el engaño provocado y el perjuicio experimentado.
De esta forma, considera que “no se ha probado indiciariamente que el investigado se valiera de cualquier tipo de engaño para torcer la voluntad de la denunciante, sugestionarla o inducirla a realizar los donativos eclesiásticos”. Por todo ello, determina que “desde el punto de vista penal, sin perjuicio de las posibles alegaciones que puedan hacerse en otras jurisdicciones –en particular en la vía civil en lo concerniente a los derechos sucesorios– no se puede apreciar del relato fáctico la existencia de los elementos definitorios que exige el delito de estafa”. Cuando el caso salió a la luz, el obispado de Lleida explicó que había abierto una investigación interna tras tener conocimiento de la denuncia, escuchando los argumentos del párroco y partiendo de su derecho a la presunción de inocencia.
El auto de sobreseimiento del juzgado de Instrucción número 1 de Lleida no es firme y se puede interponer un recurso de reforma ante el mismo juzgado o bien de apelación ante la Audiencia de Lleida.