TRIBUNALES SENTENCIA
Cinco años de cárcel para un exprofesor de guitarra en Vielha por abusar de una alumna
El acusado ya había sido condenado por forzar a una joven en Gausac, como revelaron los Mossos
La Audiencia de Lleida ha condenado a cinco años de prisión a D.R.R., un exprofesor de guitarra de una academia de música de Vielha –actualmente cerrada– por abusar de una alumna desde los 11 años entre 2015 y 2017. El tribunal considera probado que “el acusado aprovechando los momentos en que impartía clase de guitarra llevó a cabo los hechos sexuales abusivos en la forma en que ha contado la denunciante. De todo lo anterior estimamos que concurre prueba suficiente para dar por desvirtuada la presunción de inocencia”.
Cabe recordar que el acusado ya fue condenado por forzar a una mujer en Gausac. Así lo explicaron los agentes de los Mossos d’Esquadra en el juicio que tuvo lugar el pasado octubre. “Sabíamos quién era porque había otras denuncias de alumnas de la academia y porque había sido condenado a un año y medio de cárcel por la agresión sexual a una chica, mayor de edad, en Gausac”, explicaron al tribunal. Se trata de unos antecedentes no computables para este caso. Asimismo, cabe recordar que, como ya avanzó este periódico, fue absuelto en 2019 de abusos a otra alumna por falta de pruebas.
El caso fue denunciado en 2021. La víctima no reveló lo que había ocurrido hasta que empezó Bachillerato en Lleida. Fue tras una clase de Filosofía, “Me vino todo de repente y se lo conté a la tutora y a una compañera”, expresó. “Me tocaba y decía que era para corregir la postura con la guitarra”, explicó la denunciante. El tribunal da credibilidad a la narración de la víctima, que ofreció una declaración “plenamente fiable” que “corroborada, al menos en parte, por varios testimonios”.
Además de los cinco años de cárcel por un delito continuado de abusos a menor de 16 años con la agravante de prevalimiento, también le impone inhabilitación especial para cualquier profesión o actividades que conlleve contacto regular y directo con personas menores durante 8 años. Asimismo, se le impone la prohibición de aproximarse en una distancia de 200 metros y de comunicación con la víctima durante seis años. También le impone cinco años de libertad vigilada con posterioridad a la pena privativa de libertad y una indemnización de 40.000 euros para la víctima. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.