SEGRE

TRIBUNALES LITIGIO POR EL ARTE SACRO

Paralizada la orden de entrega del arte de la Franja a Barbastro

El  11 de diciembre el plenario del Museu de Lleida anunció que recorrería la sentencia.

El 11 de diciembre el plenario del Museu de Lleida anunció que recorrería la sentencia.AMADO FORROLLA

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Las 111 obras de arte del Museu de Lleida originarias de las parroquias que se segregaron de la diócesis de Lleida para integrarse en la de Barbastro-Monzón no saldrán por ahora de Catalunya. El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Barbastro ha admitido a trámite el requerimiento de inhibición planteado por la consellera de Cultura de la Generalitat, Mariàngela Vilallonga, que lleva consigo la suspensión del procedimiento hasta la resolución del Tribunal de Conflictos de Jurisdicción del Tribunal Supremo. De este modo, se paraliza la orden de entrega del arte en litigio dictada por este mismo juzgado. Como ya avanzó SEGRE, el Museu de Lleida alegó que esta sentencia no se podía cumplir ya que según una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya no se puede disgregar esta colección artística, independientemente de la propiedad de la misma, por lo que el conflicto debía resolverse en la vía contencioso-administrativa. El juzgado de Barbastro, en cambio, solo tenía en cuenta la propiedad en su sentencia de diciembre de 2019 y ordenaba la entrega inmediata de las piezas en litigio del Museu de Lleida. El juzgado número 1 de Barbastro notificó ayer a las partes que admite a trámite el conflicto jurisdiccional planteado por la Generalitat en el recurso contra la sentencia que en diciembre ordenaba la devolución “inmediata”. El juzgado de Barbastro paraliza ahora su salida y da diez días para presentar alegaciones. Cuando se resuelvan, el juez lo enviará al Alto Tribunal de Conflictos, quien se deberá pronunciar.

La Generalitat entendía que estaba “legitimada” para promover un conflicto de jurisdicción en relación con el juzgado Barbastro, ya que la ley citada indica que el órgano que debe promover el conflicto es aquel que indique el correspondiente Estatuto de autonomía y, en ausencia de previsión en el Estatuto, el Consejo de Gobierno o cualquiera de sus miembros.

El caso lo resolverá el Alto Tribunal de Conflictos de Jurisdicción, que depende del Tribunal Supremo

El ejecutivo catalán entiende que la sentencia obvia las competencias dela Generalitat en materia de patrimonio cultural.

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