El juzgado de Barbastro rechaza la entrega cautelar de las 111 obras de la Franja del Museu de Lleida
Defiende su competencia pero envía el caso del arte del Museu de Lleida al Tribunal de Conflictos del Supremo, que podría tardar un año en pronunciarse
El juzgado de Barbastro ha rechazado entregar de manera cautelar las 111 obras de la Franja del Museu de Lleida, tal como le pedía el Obispado de Barbastro y el gobierno de Aragón, ya que los bienes, dice, "están en un lugar de depósito conocido y no existe un riesgo importante de pérdida". Además, añade, "la medida cautelar supondría adelantar la ejecución de la sentencia, sin esperar la resolución del Supremo o de los recursos que se pudieran hacer". Así lo resuelve en un auto en el que rechaza también su inhibición, tal como le reclamaba la Generalitat, y envía el caso al Tribunal de Conflictos del Supremo, que podría tardar un año en pronunciarse, según la parte aragonesa.
El juzgado 1 de Barbastro defiende que es el juzgado competente en estas actuaciones pero envía el caso en el Tribunal de Conflictes del Supremo, tal como establece la ley después de que la Generalitat haya planteado un conflicto de jurisdicción. La resolución del Supremo podría alargarse un año y paraliza así de momento la ejecución de la sentencia del juzgado de Barbatre que ordenaba la "devolución inmediata" de las obras a Aragón.
La Generalitat entiende que está "legitimada" para promover un conflicto de jurisdicción en relación con el Juzgado de Primera Instancia de Barbastro, ya que la ley mencionada indica que el órgano que tiene que promover el conflicto es aquel que indique el correspondiente Estatuto de autonomía y, en ausencia de previsión en el Estatuto, el Consejo de Gobierno o cualquiera de sus miembros.
El ejecutivo catalán considera que la sentencia obvia las competencias que la Generalitat tiene atribuidas al Estatuto en materia de patrimonio cultural y es la misma que había utilizado anteriormente en el conflicto por las 44 piezas de Sigena del Museu de Lleida.