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Santiago Espot, durante el juicio en la Audiencia como supuesto organizador de la pitada al himno.

Santiago Espot, durante el juicio en la Audiencia como supuesto organizador de la pitada al himno.EFE

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La Audiencia Nacional ha condenado al presidente de Catalunya Acció, Santiago Espot, a una multa de 7.200 euros como promotor de la pitada al himno, en presencia de Felipe VI, en la final de la Copa del Rey en el Camp Nou entre el Barcelona y el Athletic, disputada el 30 de mayo de 2015.

El juez central de lo Penal, José María Vázquez Honrubia, considera a Espot en su sentencia autor de un delito de injurias a la Corona y otro de ultrajes a España al establecer que su actuación no estaba amparada por el derecho a la libertad de expresión y que su finalidad era la de “atacar a la Corona”. Por ello, le condena a pagar una cuota diaria de 20 euros durante 12 meses –lo que supone una suma de 7.200 euros, la mitad de lo que solicitaba la Fiscalía–.

El juez sostiene que los ataques a España y a sus símbolos afectan “a todos los españoles que los respetan y hacen suyos y propios”, como es el caso de la bandera o el himno, que representan “lo que España ha sido y lo que España es”.Sitúa a Espot al frente de “un plan preconcebido y planificado por él mismo”, que ejecutó con el “deliberado y firme propósito de ofender y menospreciar al jefe del Estado español y al himno nacional”. Afirma, además, que sus conductas pretendían “expresar su total desprecio al monarca y su deseo de destrucción de la institución”.

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