SEGRE

DEPORTES

Primera condena por amaños en el fútbol español

El leridano Jordi Figueras, en el centro de la segunda fila, fue absuelto en la última jornada del juicio.

El leridano Jordi Figueras, en el centro de la segunda fila, fue absuelto en la última jornada del juicio.POOL

Publicado por

Creado:

Actualizado:

La Audiencia de Navarra sentó el primer precedente sobre la compra de partidos y primas a terceros en el fútbol español. Su Sección Segunda notificó ayer la condena a 9 de los 11 imputados en el ‘caso Osasuna’ a penas de entre ocho y un año de prisión, en una causa que sentó en el banquillo de los acusados a la directiva del club navarro entre 2012 y 2014 y a tres jugadores del Betis: Xavier Torres, Antonio Amaya y el futbolista leridano Jordi Figueras, este último absuelto en la última jornada del procedimiento, el 28 de febrero.

Además de los delitos de apropiación indebida y falsedad contable que se atribuyen a la directiva, que sustrajo 2,34 millones de las arcas del club para su propio beneficio, el tribunal cree probado que el Osasuna pagó al Betis para que venciera al Valladolid en la penúltima jornada de la campaña 2012-13 de Primera y se dejara ganar en el último partido en Pamplona, un arreglo por el que la entidad navarra pagó 650.000 euros a los futbolistas. La sentencia contempla que Torres y Amaya pactaron con los directivos del Osasuna tras dos reuniones, una en Madrid y otra en Sevilla. Por ello, se les condena por un delito de corrupción deportiva.

La pena más alta, de 8 años y 8 meses, es para el exgerente del club navarro, Ángel Vizcay, origen del caso tras confesar en 2015 ante la Liga, motivo por el que se le aplica la atenuante analógica de confesión en la parte de corrupción deportiva. Por su parte, Amaya y Torres han sido condenados a un año de prisión, una multa de 900.000 euros y la inhabilitación para jugar profesionalmente durante dos años. El auto determina la naturaleza delictiva de las primas a terceros, incentivos que, según el tribunal, “influyen en la competición”. La sentencia argumenta que el ofrecimiento de beneficios por ganar un encuentro busca una ventaja propia, pero además produce una serie de efectos concatenados como el perjuicio de otros clubes y perjuicios económicos derivados de apuestas o quinielas. El fallo recuerda que la obligación del deportista no se refiere simplemente a “salir a ganar” sino a asegurar que el resultado sea a las “normas previas mutuamente conocidas y aceptadas, sin condicionantes externos no incluidos en las reglas que rigen la correspondiente disciplina deportiva”, según el tribunal.

tracking