SEGRE

UP denuncia al Gobierno por la normativa ambiental de la PAC

Publicado por

Creado:

Actualizado:

Unió de Pagesos ha alcanzado este miércoles el acuerdo unánime en el Pleno de la Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos de interponer una denuncia ante la Comisión Europea contra el Gobierno de España por una infracción de la normativa de la Unión Europea (UE) en la aplicación de la Política Agraria Común (PAC). Según el sindicato, se trata de los requisitos exigidos al Estado español sobre las buenas condiciones agrarias y ambientales de la PAC. Una vez alcanzado el acuerdo, UP ya ha interpuesto la denuncia.

Según explica UP mediante un comunicado, el artículo cuatro del Real Decreto 980/2017, de 10 de noviembre, introduce dos requisitos nuevos sobre las prácticas admitidas en la aplicación de purines y la obligación de enterrar el estiércol sólido que son contrarios a los requisitos mínimos que los estados pueden establecer con respecto al mantenimiento del nivel de materia orgánica en el suelo mediante prácticas adecuadas.

Esta vulneración también implica conculcar el contenido del párrafo segundo del artículo 40.2 del Tratado de Funcionamiento de la UE, ya que supone una discriminación prohibida entre productores de la UE al exigir a los productores españoles unos requisitos no conformes con la normativa de la UE; supone ir en contra de los valores que fundamentan la UE (artículo 2 del Tratado de la UE) de respeto del Estado de Derecho y de los derechos fundamentales, valores comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por la no discriminación, la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos, del principio de legalidad y de jerarquía normativa, de la seguridad jurídica y de no ser sancionado por acciones u omisiones que no constituyen falta o infracción administrativa según la legislación vigente.

El sindicato añade que también se vulneran varios derechos fundamentales establecidos a la carta de Derechos Fundamentales de la UE: igualdad ante la ley (artículo 20), no discriminación (artículo 21) y la obligación que incumbe a la administración de motivar sus decisiones en el derecho a una buena administración [letra c) del apartado 2 del artículo 4].

tracking