AGRICULTURA FRUTA
Madrid cuestiona la convivencia de organizaciones en el sector frutícola
Considera que una extensión de norma de una interpofesional no podría imponerse a una de una circunscripción|| Afrucat ha aprobado ya siete “legislaciones”
Tanto las interprofesionales como las llamadas circunscripciones económicas son vehículos en los que organizaciones consideradas representativas de un sector agroalimentario pueden dictar normas de obligado cumplimiento a todos los operadores, estén asociados o no. El problema es saber cuál de ellas prevalece en el caso de que existan ambas a la vez. El ministerio de Agricultura cuestiona que una interprofesional pueda imponer sus decisiones en caso de la existencia ya de una circunscripción económica en un territorio y considera que prevalecería las decisiones adoptadas por esta última en su zona de actuación. Así lo apunta el ministerio que dirige Luis Planas en una consulta relativa a la legislación al respecto.
En el caso de la fruta, existen tres circunscripciones económicas en Catalunya lideradas por Afrucat. Son las de melocotón y nectarina, la de mazana y la de pera. Además, esta semana se han aprobado las primeras extensiones de norma de obligado cumplimiento y que, entre otros puntos, se refieren a la recogida de datos sobre la producción y estocaje de fruta de los diferentes operadores. Pero la medida que ha llamado más la atención y ha generado controversia en el seno de organizaciones agrarias es la introducción de una tasa de 50 euros por hectárea de frutales. Con estos fondos se financiarán diferentes acciones, aunque el grueso corresponderá a campañas de promoción del consumo como clave de futuro.
Está en período de negociación para crearse en España, mientras Catalunya tiene 3 circunscripciones
En el caso de que se llegue a crear una interprofesional en España de fruta y que se estableciera una recaudación para programas, Afrucat considera que no existiría problema. Apunta que el sector catalán no debería pagar dos veces, a la circunscripción económica y a la interprofesional, sino que el dinero recaudado por la primera podría servir para cumplir con la segunda.
Sin embargo, el ministerio de Agricultura tiene una visión diferente. “Si hay una extensión de norma de una interprofesional, sea nacional y general o no lo sea, no puede imponerse: la ley de las interprofesionales impone la prevalencia solo con respecto a las interprofesionales -y solo a alguna de ellas- pero no frente a las extensiones de norma de las organizaciones de productores (en referencia a la circunsrcipción económica), por lo que sencillamente quedaría inaplicable en ese territorio, sin contravenir la ley, prevalenciendo la extensión de la organización de productores”, afirma el documento del ministerio al que ha tenido acceso SEGRE.