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La justicia europea dice que las hipotecas con IRPH son "poco transparentes" y pueden ser abusivas

El abogado general del TJUE contradice al Supremo, que considera que los préstamos con este índice no implican ningún abuso por parte de los bancos

Una construcción de pisos en una imagen de archivo.

Una construcción de pisos en una imagen de archivo.SEGRE

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Los préstamos hipotecarios referenciados en el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) son "poco transparentes" y pueden ser abusivos. Eso es lo que ha concluido el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), después de que un juzgado de Barcelona elevara la cuestión a la justicia europea para resolver si en estos casos se puede aplicar la directiva europea sobre las cláusulas abusivas en los contratos con consumidores. La conclusión del abogado general del TJUE, que no es vinculante pero suele ser la que siguen después los magistrados, contradice así la decisión del Tribunal Supremo, que considera que los préstamos hipotecarios referenciados en el IRPH no pueden someterse a control judicial porque no implican ningún abuso por parte de los bancos.

En las conclusiones, el abogado general del TJUE propone que el tribunal sentencie que las hipotecas con IRPH se tienen que someter a la directiva europea porque los bancos tenían otros índices en los cuales podían referenciar los intereses variables de los préstamos.

Además, el abogado general subraya que, según la directiva, que una cláusula sea abusiva no lo determina la adecuación entre el precio y la retribución o los servicios proporcionados, sino la claridad y comprensibilidad con que esté redactada la cláusula. En este sentido, apunta que la fórmula para calcular el IRPH es compleja para un consumidor medio.

Llegada del caso a la justicia europea

El caso de los préstamos hipotecarios con IRPH ha llegado a la justicia europea después de que el juzgado de primera instancia número 38 de Barcelona suspendiera un procedimiento sobre esta cuestión en febrero de 2018 y elevara al TJUE varias cuestiones prejudiciales cuestionando la decisión de que había tomado el Tribunal Supremo sólo tres meses antes, en la cual decía que utilizar como referencia el IRPH no implicaba ningún abuso por parte de los bancos.

El IRPH es un índice oficial elaborado por el Banco de España y es el segundo más utilizado en las hipotecas en España después del euríbor. Se calcula a partir de la media de los tipos de interés de los créditos hipotecarios que son otorgados por el conjunto del sector financiero, mientras que el euríbor está relacionado con los préstamos entre bancos.

Generalmente, el IRPH siempre ha sido superior al euríbor, pero la diferencia se empezó a acentuar en los últimos años. Con la crisis económica, el euríbor empezó a bajar hasta alcanzar mínimos históricos, mientras el IRPH se mantenía estable, cosa que provocaba que los clientes con hipotecas con IRPH pagaran cuotas más elevadas que aquellas que tenían préstamos variables con referencia a otros índices.

Los clientes con hipotecas con IRPH pagan 165 euros más en el mes

Las personas que tienen préstamos hipotecarios referenciados en el IRPH han pagado por término medio 165 euros más en el mes desde 2014 que las que les tienen hipotecas referenciadas en el euríbor, según la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin). Esta cifra supone un sobrecoste de cerca de 25.000 euros, según la asociación, que se traduce en un impacto económico de 25.000 millones de euros al haber un millón de afectados. Los bancos, sin embargo, estiman que la cifra no llega a los 17.000 millones, mientras que Goldman Sachs apunta que la anulación de esta cláusula podría llegar a costar hasta 44.000 millones a los bancos.

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