El TSJC rechaza suspender la resolución que prohibía abrir el interior en bares y restaurantes de Lleida y el Bajo Segre
Salud levantó esta restricción el 11 de agosto
La Sala de Vacaciones del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado la suspensión cautelar solicitada por Hostelería de Lleida de la resolución STL/1941/2020 por la cual se modificaban y prorrogaban las medidas especiales en materia de salud pública para la contención de la covid-19 en los municipios de Lleida, Alcarràs, Aitona, la Granja d'Escarp, Seròs, Soses y Torres de Segre. La resolución prohibía la actividad en el interior de bares y restaurantes en estas siete poblaciones del Segrià, de la misma manera que limitaba el aforo en terrazas a un máximo del 50%.
Hostelería de Lleida presentó un recurso contencioso administrativo contra la resolución de Generalitat y, a la vez, solicitó la suspensión cautelar de la misma y una medida cautelarísima a fin de que el TJSC autorizara provisionalmente la apertura del interior de bares y restaurantes mientras este tribunal no se pronunciara en relación con el recurso.
Ahora, el TSJC desestima la suspensión cautelar de la resolución, de la misma manera que ya hizo el 6 de agosto con la medida cautelarísima que también había pedido la Federación de Hostelería de Lleida.
En cuanto al recurso, el tribunal considera "que no le corresponde pronunciarse sobre la legalidad de la resolución administrativa impugnada, en los términos que aparecen en el escrito" presentado por la entidad. "Todas las demás cuestiones propias de la economía, política general de gobierno, así como las que hacen referencia a la consideración sociales de los establecimientos de hostelería, son completamente ajenas a nuestra función de control jurisdiccional", señala la resolución de la Sala de Vacaciones del TSJC
El TSJC también impone en Hostelería de Lleida el pago de las costas causadas, con un máximo de 1.000 euros. Sin embargo, la Federación puede presentar todavía un recurso de reposición contra esta resolución ante el mismo tribunal.
La restricción ya no está vigente
A raíz de la propuesta hecha por el Procicat ante la mejora de los datos epidemiológicos de la covid-19 en Lleida y los seis municipios del Bajo Segre, el Departamento de Salud publicó el 11 de agosto una nueva resolución, el STL/2052/2020, con qué rebajaba las limitaciones en el sector de la hostelería y la restauración en estos poblaciones.
En concreto, el texto autoriza la actividad en el interior de los establecimientos aunque limita el aforo al 50% y también establece que el consumo se tiene que realizar "siempre en la mesa". Con respecto a las terrazas, "el aforo tiene que ser el resultante de aplicar una distancia de dos metros entre mesas o grupos de mesas". La resolución también recomienda que "siempre que sea posible, se tienen que utilizar preferiblemente servicio a domicilio y pedidos para llevar".