La justicia europea da la razón a las eléctricas sobre el bono social
El TJUE dice que se pueden "imponer obligaciones de servicio público" a las empresas, pero no a unas "concretas"
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado este jueves ilegal el régimen de financiación del bono social que establecía que cinco eléctricas tenían que asumir el coste. En la sentencia, el tribunal con sede en Luxemburgo defiende que se trata de un hecho "discriminatorio" porque sólo afecta a algunas empresas del mercado. "Conduce a una diferencia de tratamiento entre las diferentes sociedades que operan en este mercado que no está justificada de manera objetiva", dice la sentencia. Según el TJUE, que da así la razón a las eléctricas y al Tribunal Supremo, la directiva europea permite "imponer obligaciones de servicio público" a las eléctricas, pero no a unas empresas concretas.
"El sistema de designación de las empresas encargadas de obligaciones de servicio público no puede excluir a priori ninguna de las empresas que operan en el sector eléctrico", dice que tribunal, que considera que los criterios para escoger las compañías que tienen que fiar el bono social no están "justificados de manera objetiva".
La sentencia responde a dos preguntas prejudiciales presentadas por el Tribunal Supremo, que el año 2016 declaró inaplicable el régimen de financiación del bono social porque lo consideraba incompatible con la directiva europea. La Administración General del Estado recurrió la sentencia al Tribunal Constitucional, que la anuló porque el Supremo no había preguntado al TJUE.