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CONSUMO NORMATIVA

Límite al tiempo de espera en la atención telefónica

Las empresas deberán dar respuesta a los clientes en tres minutos || Reduce a 15 días el tiempo para responder reclamaciones

Imagen de una oficina de servicio ‘call center’.

Imagen de una oficina de servicio ‘call center’.EUROPA PRESS

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Tres minutos. Ese será el tiempo máximo que un consumidor deberá esperar para que lo atiendan cuando llame por teléfono solicitando servicios generales de información, reclamación y posventa a una empresa. Así consta en el anteproyecto de ley para regular los servicios de atención a la clientela aprobado ayer por el Gobierno, que, entre otras cosas, también prohíbe que esa labor la hagan solo robots automatizados, es decir, los clientes tendrán derecho a hablar directamente con un operador.

La nueva normativa, propuesta por el ministerio de Consumo, reduce además de 30 a 15 días el tiempo máximo para resolver reclamaciones generales, quejas y consultas, aunque permite a las autonomías rebajar el plazo si su normativa lo contempla. La interposición de esa reclamación impedirá, además, la suspensión del servicio cuando la causa de la reclamación y de la suspensión coincidan.La futura ley afecta a todas las empresas públicas y privadas que presten servicios de suministro de agua y energía; transporte de pasajeros en avión, ferrocarril, mar o vías navegables, autobús o autocar; servicios postales; servicios de comunicación audiovisual de acceso condicional mediante pago; comunicaciones, así como servicios financieros.Su incumplimiento, además, podrá ser multado hasta con 100.000 euros.

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